N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002514
PARTE ACTORA: JOSE VALLEJO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SIN REPRESENTACIÓN JUDICIAL
PARTE DEMANDADA: BANCO DEL CARIBE, C.A. BANCO UNIVERSAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SIN REPRESENTACIÓN JUDICIALL
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, Miércoles Veintitrés (23) de Enero de 2008, siendo las Díez y Quince minutos de la mañana (10:15 ), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar que se encontraba fijada para las Nueve y Quince minutos de mañana del día de hoy, en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 y 197.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alfredo García
Los Presentes