N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-002287
PARTE ACTORA: MARIA PINO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ALBERTO GOMEZ
PARTE DEMANDADA: JOSE ARRAIOL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GABRIELA BOSCAROLOMOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 20 de abril de 2009, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, presente la abogada GABRIELA BOSCAROLO, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSE ARRAIOL, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadana MARIA PINO, ni por si ni por medio de apoderado judicial. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 y 199.



El Juez

El Secretario

Abog. Marlene Rojas de Siu





Los Presentes