ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001658
PARTE ACTORA CARMEN MONTIEL.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JANNY GODOY
PARTE DEMANDADA: DANIEL VILORIA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANGEL MARQUEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 15 de Abril de 2009 día y hora fijada de la prolongación Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana CARMEN MONTIEL debidamente representada por la abogada Janny Godoy en su condición de Procuradora de Trabajadores y el profesional del derecho Ángel Marquez en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece pagarle a la parte actora, la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS BOLÍVARES CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 2.492,71), mediante cheque No. 16676384, perteneciente a la cuenta No. 01340079200791126541, a nombre de la ciudadana CARMEN MONTIEL, girado contra la entidad bancaria BANESCO BANCO UNIVERSAL, cantidad que cubre todos y cada uno de los conceptos reclamados. En este estado presente la parte actora manifiesta estar conforme con la cantidad ofrecida por todos y cada unos de los conceptos reclamados en el escrito libelar y en este acto recibe el aludido cheque, por lo que ambas partes solicitan se homologue el presente acuerdo de pago, se le de el carácter de cosa juzgada, se de por terminado el proceso y se archive el expediente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se ordena archivar el expediente. Así se decide.-
La Juez

La Secretaria

Abg. Marianela Bravo


Los Presentes