TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, (14) de abril de Dos Mil Nueve
198º y 150º
ASUNTO: VP01-L-2006-1440
Se dio por recibida el día de hoy catorce (14) de abril de 2009, diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido el pago presentado de manera efectiva y voluntaria a los fines de dar cumplimiento a la suma condenada a pagar según sentencia del Tribunal Superior Quinto de este Circuito Laboral, ratificada y modificada por sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 28 de Octubre de 2008, por los Ciudadanos JOSE HUMBERTO PONS ROMERO, actuando en representación de la Empresa BACANOS MUSIC, COMPAÑÍA ANONIMA, por una parte, y por la otra el Ciudadano MARCOS SERGIO CHIRINOS FRNANDEZ, asistido por el Abogado en ejercicio FANNY VELARDE ATENCIO, donde se cancela: al EX TRABAJADOR MARCOS SERGIO CHIRINOS FRNANDEZ, la cantidad de CATORCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON TREINTA Y UN CENTIMOS (Bs. 14.788,31), mediante cheque numero 22043538 de fecha 11 de Marzo de 2009, girado contra el Banco BANESCO, a cargo de la cuenta cliente numero 01340195151953020757; Este Tribunal una vez analizados los términos en los cuales fue redactada el presente pago y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Este Tribunal da por terminado el presente asunto, y se ordena el archivo definitivo del expediente. Así se Decide.-
.
Abg. Marianela Bravo.
La Jueza
Abg. Alejandrina Echeverría
La Secretaria
En la misma fecha siendo las tres y diez minutos de la tarde (3:10 p.m.) se publicó el fallo que antecede.-
Abg. Alejandrina Echeverría
La Secretaria
|