REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

ACTA DE PRESENTACION DE IMPUTADO

CAUSA No. 1C-13870-08 DECISIÓN No.1478-08

LA JUEZ PROFESIONAL: SILVIA A. CARROZ.
SECRETARIO (S): ANDRES URDANETA.
LAS PARTES
MINISTERIO PÚBLICO: FISCAL DÉCIMO TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. ABG. JORGE RAMÍREZ GUIJARRO
IMPUTADO: JOE SEGUNDO FUENMAYOR
DEFENSA PÚBLICA: NIVIA OLIVARES defensora No. 03 adscrita a la Unidad de Defensores Públicos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
DELITO: AMENAZAS Y DAÑOS A LA PROPIEDAD.
En el día de hoy, jueves cuatro (04) de septiembre de 2008, siendo las cuatro y treinta (04:30 PM) de la tarde, presente en este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en el Palacio de Justicia, avenida 15 Las Delicias, piso 2, la JUEZ TITULAR SILVIA A. CARROZ, junto con el Secretario (s), constituido en su sede, ANDRES URDANETA se procede a escuchar la exposición del Fiscal del Ministerio Público.
EXPOSICION FISCAL
Presente el Ciudadano Fiscal del Ministerio Público, expuso: “Presento y pongo a disposición de este Tribunal al ciudadano JHONNY SEGUNDO FUENMAYOR ya que el mismo fue aprehendido, tal y como se evidencia en las actuaciones policiales emanada del Secretaria de Defensa y Orden Público Policía Comisaría Puma Oeste, inserta en el folio dos de la presente causa, por todo lo antes expuesto solicito LA LIBERTAD INMEDIATA, y la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, por existir obstáculos al desarrollo del proceso por cuanto a que no se determina que hay responsabilidad penal por parte del ciudadano JHONNY SEGUNDO FUEMAYOR, en delito alguno, de la misma manera solicito copia simple del presente acto. Es todo”.-----------
DE LA IMPOSICIÓN DE SUS DERECHOS Y GARANTÍAS
E IDENTIFICACION DE LOS IMPUTADOS
Escuchada como ha sido la exposición del Ministerio Público, la ciudadana Juez de este Tribunal procede a explicar el motivo de su detención al imputado, a quien se le preguntó si tenía Abogado Privado que lo representara como Defensor en este acto, que en caso que no lo tuviera, el Tribunal le asignará un Defensor Público, por lo que manifestó: “No tengo Abogado Privado, seguidamente se procedió a llamar a un defensor Publico quien correspondió por turno a la Dra. NIVIA OLIVEROS, defensora pública No. 03 adscrita a la Unidad de Defensores Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Posteriormente la Juez se dirige al imputado previo traslado desde el Centro de Arresto y Detenciones Preventivas El Marite, en presencia de su Defensor y del Representante del Ministerio Público, a fin de explicarle en palabras sencillas el motivo de su detención, así como a imponerlos de sus derechos y garantías, establecidas en el artículo 49.5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dejando constancia este Tribunal de sus datos personales, de la manera siguiente: JHONNY SEGUNDO FUENMAYOR, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 06-09-1954, de 53 años de edad, Cédula de Identidad No. V. 5.830.571, de estado civil: concubino, de profesión u oficio: comerciante, hijo de ÁNGELA FUENMAYOR (V) y GUILLERMO BRAVO (V), y con residencia en el Barrio la Chinita calle 113 casa No. 113-40 frente al parque IMCA, y de la Licorería La Chinita quien posee las características fisonómicas siguientes: de contextura delgada, de estatura 1.68 metros de estatura, de cejas semi pobladas, de cabello color negro con canas, de tez blanca, de ojos marrones, de nariz pequeña, de boca pequeña, no presenta cicatriz, no posee tatuajes, es todo.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DE ESTE TRIBUNAL
En este acto, oídas las exposiciones de la Representación Fiscal, de la Defensa, del Imputado, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, con fundamento en lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal pasa a resolver en base a los pronunciamientos siguientes: vista la solicitud presentada por la representación fiscal se acuerda DECLARAR LA INMEDIATA LIBERTAD del ciudadano JHONNY SEGUNDO FUENMAYOR, por cuanto a que se evidencia en actas que no estamos en presencia d de NINGÚN HECHO PUNIBLE, Y ASÍ SE DECIDE.---------------------

DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA a favor del imputado JHONNY SEGUNDO FUENMAYOR, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 06-09-1954, de 53 años de edad, Cédula de Identidad No. V. 5.830.571, de estado civil: concubino, de profesión u oficio: comerciante, hijo de ÁNGELA FUENMAYOR (V) y GUILLERMO BRAVO (V), y con residencia en el Barrio la Chinita calle 113 casa No. 113-40 frente al parque IMCA, y de la Licorería La Chinita. SEGUNDO: Queda registrada la Decisión bajo el No. 1478-08, en el Libro de Registro de Decisiones llevados por este Tribunal en el presente año de la misma manera queda registrado No. De Oficio 2815-08 dirigido al Centro de Arresto y Detenciones Preventivas El Marite de la Decisión aquí acordada. Regístrese, publíquese, compúlsese las copias de ley. Quedan las partes notificadas del contenido de esta acta y de la decisión. Se deja constancia que en esta acta se cumplieron con todas las formalidades de ley. Se da por concluido el acto, siendo las cinco de la tarde (05:00 PM.) Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

SILVIA CARROZ DE PULGAR.

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO,

ABG. JORGE RAMÍREZ GUIJARRO
EL IMPUTADO,

JHONNY SEGUNDO FUENMAYOR

LA DEFENSA PUBLICA

ABG. NIVIA OLIVARES
EL SECRETARIA

ABG. ANDRES URDANETA