“…Comparece ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, la ciudadana MARBELLA DEL CARMEN MELENDEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-10.081.878 y domiciliada en la Ciudad y Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia, asistida por la Abogada en Ejercicio MARLYDYS OLIVERA, Inscrita en el inpreabogado bajo el No. 126.469, quien expuso: Solicito de este digno Tribunal a su cargo sea remitido el expediente 2U-5484-06, que se encuentra en el Archivo Judicial de Cabimas, con fecha del 18 de Junio del 2008, de oficio 0924, legajo 69 y pagina No. 1, cuyo expediente es una causa de Obligación Alimentaría, seguida por la ciudadana MARBELLA DEL CARMEN MELENDEZ GARCÍA, antes identificada en contra del ciudadano ARTURO JOSE ADAMES ZAMORA, venezolano, mayor de edad,, trabajador petrolero, titular de la cedula de identidad No. V.- 12.466.340, A favor de mi hija: AURIMAR VALENTINA ADAMES MELENDEZ, venezolana, de 3 años de edad… (Sic)”
Por auto de fecha catorce (14) de Agosto de 2008, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia.
Consta en actas Notificación de la Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada.
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