REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
Exp. 2104.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, Diecisiete (17) de Septiembre de Dos Mil Ocho (2008)
198º y 149º
Visto el Escrito de fecha 16 de Septiembre de 2008, presentado por la Abogada ELBIA MONTILLA, actuando en su carácter de SINDICA PROCURADORA MUNICIPAL, del Municipio Baralt del Estado Zulia, según de evidencia de las Copias Certificadas acompañadas, mediante la cual solicita a este Despacho Judicial, la entrega de un Tractor Cargador Frontal y una Arrastra, propiedad de la Alcaldía del Municipio Baralt del Estado Zulia.-
Pues bien, este Jurisdicente una vez analizadas las actas procesales que conforman el presente expediente y revisadas exhaustivamente los recaudos acompañados a la presente solicitud, pudo constar que efectivamente en fecha 02 de Agosto de 2008, el Tribunal se traslado y constituyó en el Fundo Agropecuario MIRAFLORES, ubicado en el Sector LOMAS y MEDELLIN, Jurisdicción del Municipio Baralt del Estado Zulia, en la cual se procedió a ejecutar forzosamente el Convenio Transaccional homologado por este Tribunal, en la cual se secuestraron las maquinarias agrícola ut supra indicadas.-
En consecuencia, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en aras de salvaguardar la Tutela Judicial Efectiva, como norte de la función jurisdiccional ejercida por este Despacho judicial, ordena la entrega de un TRACTOR CARGADOR FRONTAL cuyas características son: MARCA: JOHN EERE, POTENCIAL: 120 HP, MODELO: 6605 . DOBLE TRACCIÓN, TOMA DE POTENCIA: INDEPENDIENTE, FRENOS DE DISCOS EN BAÑO DE ACEITE TIPO Y ACCIONAMIENTO: HIDRÁULICO. AJUSTABLES ROTATIVA, POTENCIA: HP. DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD EMBRAGUE: ARADO DE CUATRO DISCOS y una ARRASTRA como parte integrante del Tractor, según Serial Nº 447295093 y Chasis Nº: CQ66051703213; en consecuencia se ordena notificar mediante oficio al Ciudadano HUBALDARIO LEON GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.665.092, en su carácter de Depositario Judicial, a los fines de participarle de la referida resolución, para su cabal cumplimiento.- Librese Oficio.-ASI SE DECIDE.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dr. LUIS ENRIQUE CASTILLO SOTO.-
LA SECRETARIA,
Abog. MARIA JOSE GOMEZ ROJAS.-