Se recibió escrito de la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico, mediante el cual hace saber a este tribunal que en fecha 31 de Julio de 2008, ese despacho fiscal decreto el ARCHIVO FISCAL de conformidad con el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado NELSON ARIAS, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONOMICA, previstos y sancionados en los Artículos 39° y 50° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana DIANA MARIA NOGUERA SANTANA, este Tribunal con fundamentos en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal resuelve de la manera siguiente: Observa este Tribunal que la Fiscalia Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 31 de Julio del año en curso se recibió solicitud por parte del Ministerio Publico el Archivo Fiscal de la causa que se lleva en contra del ciudadano NELSON ARIAS, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana DIANA MARIA NOGUERA SANTANA. Ahora bien, al no haber sido presentado ante este tribunal, al mencionado imputado no le fueron impuestas medidas cautelares, en razón de lo cual es procedente en derecho declarar el CESE DE LA CONDICION DE IMPUTADO y ordenar el archivo de las presentes actuaciones.- Así se declara.-
DECISION
Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA el CESE de la condición de imputado, a favor del ciudadano NELSON ARIAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal y se acepta la remisión al Archivo central de las presentes actuaciones. Regístrese la presente decisión, Publíquese y Notifíquese.-
LA JUEZA SEGUNDO DE CONTROL,
DRA. MANUELA ALVARADO RIGORES.
LA SECRETARIA,
ABOGADA. NIVIA RINCON.
En esta misma fecha se libraron las respectivas boletas de notificación.-
LA SECRETARIA,
ABOGADA. NIVIA RINCON.
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