Se recibió escrito de la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico, mediante el cual hace saber a este tribunal que en fecha 28 de Julio de 2008, ese despacho fiscal decreto el ARCHIVO FISCAL de conformidad con el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado ROBERTO LAMADRID HERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, cometido en perjuicio de la ciudadana YUNNIS DEL SOCORRO MERCADO RONDON; este Tribunal con fundamentos en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal resuelve de la manera siguiente:
Observa este Tribunal que la Fiscalia Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha Catorce (14) de Noviembre de 2007, presentó por ante el Juzgado Undécimo de Control al ciudadano ROBERTO LAMADRID HERNANDEZ, solicitando Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a ese tribunal en fecha 14/11/2007 abriera causa al mismo, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA cometido en perjuicio de la ciudadana YUNNIS DEL SOCORRO MERCADO RONDON. Ahora bien, al no haber sido presentado ante este tribunal, al mencionado imputado no le fueron impuestas medidas cautelares, en razón de lo cual es procedente en derecho declarar el CESE DE LA CONDICION DE IMPUTADO y ordenar el archivo de las presentes actuaciones.- Así se declara.-
DECISION
Por los fundamentos antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS, CON COMPETENCIA EN DELITO DE VILENCIA CONTRA LAS MUJERES, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA el CESE de la condición de imputado, a favor del ciudadano ROBERTO LAMADRID HERNANDEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena la remisión al Archivo central de las presentes actuaciones. Regístrese la presente decisión, Publíquese y Notifíquese.-
LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL,

DRA. MANUELA ALVARADO RIGORES.
LA SECRETARIA,

ABOG. NIVIA RINCON.

En esta misma fecha se libraron las respectivas boletas de notificación.-


LA SECRETARIA,

ABOG. NIVIA RINCON.