JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
MATURIN, 23 DE SEPTIEMBRE DE 2.008.
198° y 149°
Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana NORKA CORONADO RODRIGUEZ, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.302.246 debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MAYLIN MACIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 122.206 y la Abogada en ejercicio EVA VELASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.853 quien actúa en este acto en su carácter de Apoderada Judicial del Banco Mi Casa Entidad de Ahorro y Préstamo, este Tribunal observa:
Que con motivo del Juicio de Cobro de Bolívares (Vía Ejecutiva) instaurado por la Sociedad Civil MI CASA Entidad de Ahorro y Préstamo contra la ciudadana NORKA CORONADO RODRIGUEZ, este Tribunal en fecha 16 de Enero del año 1.996, decretó Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, sobre un inmueble propiedad de la demandada constituido por un Apartamento distinguido con el Nº D-03, ubicado en el Primer Piso de la Torre “D”, del Conjunto Residencial El Cafetal II-A situado en la Calle 10 y Carrera 17 de la Calle 11-A del Barrio Los Cocos de esta ciudad de Maturín del Estado Monagas.
Que una vez estudiado el documento público anexo a la diligencia consignada, se verificó que la ciudadana NORKA CORONADO RODRIGUEZ, canceló en su totalidad la cantidad de dinero adeudada que fuera dada en calidad de préstamo por la mencionada entidad bancaria, tal y como quedó registrado bajo el Nº 8, Folio 39 al 44, Protocolo Primero, Tomo Noveno del Primer Trimestre del año 2.007, por ante la Oficina Inmobiliaria del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Maturín del Estado Monagas.
En este sentido, vista la urgencia del caso y en aras de no menoscabar los derechos consagrados en nuestra Carta Magna en sus artículos 2 y 26, SUSPENDE la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal en fecha 16 de Enero del año 1.996, en consecuencia, se ordena oficiar al Registro Subalterno del Municipio Maturín del Estado Monagas a los fines de que dé cumplimiento a la decisión esgrimida. Líbrese el oficio correspondiente.-
DR. ARTURO LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MUJICA
Exp. 21.253
AJLT/KC.-
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