JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 29 de octubre de 2008
198° - 149°

Exp. N° 037-03
En el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto de forma subsidiaria en fecha 01 de octubre de 2002; por el ciudadano VINCENZO ROSSI, portador de la cédula de identidad No. 7.807.761, en su carácter de Presidente de de la contribuyente “ALFARERÍA DEL LAGO, C.A.” en contra de la Resolución No. RZ-DJT-CRJ-AN-2003-01443, de fecha 08 de mayo de 2003, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del SENIAT; en fecha 29 de abril de 2005, este Tribunal declaró perimida la instancia y por consiguiente extinguido el presente proceso; ordenándose la notificación de las partes intervinientes.
En fecha 24 de mayo de 2007, se libró boleta de notificación dirigida a la contribuyente y se ofició a la Procuradora General de la República y al Gerente Regional de Tributos Internos del SENIAT.
El 25 de julio de 2007, el Alguacil de este Tribunal manifestó haber efectuado la notificación de la Gerente Regional de Tributos Internos del SENIAT. Así mismo, el día 09 de agosto de 2007, expuso haber notificado a la Procuradora General de la República.
En fecha 09 de octubre de 2007, se recibió oficio No. 002378-N emanado de la Oficina Regional Occidental de la Procuraduría General de la República.
En fecha 01 de agosto de 2008, el Alguacil de este Tribunal manifestó haber efectuado la notificación de la contribuyente.
En razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de la inactividad de la parte interesada en recurrir de la decisión de fecha 29 de abril de 2005, relativa a la perención de la instancia y habiendo transcurrido con creces el lapso de apelación señalado en el artículo 278 del Código Orgánico Tributario de 2001; este Tribunal declara firme dicha decisión, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE. Así se declara.-
El Juez
(HAY SELLO A TINTA DEL TRIBUNAL)
Dr. Rodolfo Luzardo Baptista (FDO)
La Secretaria Accidental,
Abg. Elainy Jiménez. (FDO)
Resolución No. _______-2008.-
RLB/dcz.-