JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA
Maracaibo, 23 de octubre de 2008
198° - 149°
Exp. N° 041-03
En el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto de forma subsidiaria en fecha 01 de octubre de 2002; por el ciudadano OSWALDO VILLALOBOS GOTERA, en su carácter de Agente de Retención de la Junta de Conscripción y Aislamiento Militar (Gobernación del Estado Zulia), en contra de la Resolución No. RZ-DJT-RJI-2002-003379 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del SENIAT; en fecha 21 de febrero de 2005 este Tribunal declaró perimida la instancia y por consiguiente extinguido el presente proceso; ordenándose la notificación de las partes intervinientes.
En fecha 24 de mayo de 2007, se libró boleta de notificación dirigida a la contribuyente y oficio a la Procuradora General de la República.
En fecha 28 de septiembre de 2007, se recibió oficio No. 002537-N emanado de la Oficina Regional Occidental de la Procuraduría General de la República. Así mismo, en fechas 04 de octubre de 2007 y 19 de septiembre de 2008, el Alguacil de este Tribunal manifestó haber notificado a la Procuradora General de la República y a la contribuyente, respectivamente.
En razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de la inactividad de la parte interesada en recurrir de la decisión de fecha 20 de diciembre de 2005, relativa a la perención de la instancia, este Tribunal declara firme dicha decisión, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE. Así se declara.-
El Juez
(HAY SELLO A TINTA DEL TRIBUNAL)
Dr. Rodolfo Luzardo Baptista (FDO)
La Secretaria,
Yusmila Rodríguez Romero. (FDO)
Resolución No. _______-2008.-
RLB/dcz.-
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