REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE
EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
MARACAIBO, 29 DE OCTUBRE DE 2008
198° y 149°
RESOLUCIÓN N° 814-08.- CAUSA 6E-616-08.-
Vista la solicitud interpuesta en fecha 28 de Octubre de 2008, por medio del oficio No. 1086-08, suscrito por la Lic. Gloris Barrera, Directora Encargada del “Centro de Tratamiento Comunitario Inspector Rafael Ochoa Castro”, y recibida por este Tribunal en fecha 29-10-08, mediante la cual solicita Permiso Especial a favor del penado JOSE DOMINGO ARELLANO PIÑA titular de la Cédula de Identidad No. V-10.918.697, quien se encuentra cumpliendo la formula alternativa de cumplimiento de pena de REGIMEN ABIERTO, por cuatro (04) días, para trasladarse a la Ciudad de Mérida, Estado Mérida, para asistir al IV ENCUENTRO DEPORTIVO “SIN MUROS Y POR LA “PAZ”, a efectuarse los días 28, 29, 30 y 31 de Octubre del presente año; este tribunal pasa a resolver y lo hace bajo las siguientes consideraciones:
Consta en actas que el referido penado fue condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y UN (01) MES DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, en perjuicio JOSE ESPINA Y ANGELICA HERAZO.-
Asimismo, en fecha 17-09-2008, este Juzgado de Ejecución, le concedió al penado JOSE DOMINGO ARELLANO PIÑA, como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de REGIMEN ABIERTO, observándose que el mencionado penado ha venido cumpliendo con todas las obligaciones impuestas, por lo que este Juzgador considera procedente en derecho OTORGAR al penado JOSE DOMINGO ARELLANO PIÑA, EL PERMISO ESPECIAL para viajar a la Ciudad de Mérida, Estado Mérida, para asistir al IV ENCUENTRO DEPORTIVO “SIN MUROS Y POR LA “PAZ”, a efectuarse los días 28, 29, 30 y 31 de Octubre del presente año; bajo la Supervisón de ese Centro de Tratamiento Comunitario, desde el día Martes 28-10-08 hasta el día Viernes 31-10-08 debiendo presentarse el delegado de Prueba el día Lunes 03-11-08, de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR a la penada JOSE DOMINGO ARELLANO PIÑA, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.918.697, el PERMISO ESPECIAL para viajar a la Ciudad de Mérida, Estado Mérida, para asistir al IV ENCUENTRO DEPORTIVO “SIN MUROS Y POR LA “PAZ”, a efectuarse los días 28, 29, 30 y 31 de Octubre del presente año; bajo la Supervisón de ese Centro de Tratamiento Comunitario, desde el día Martes 28-10-08 hasta el día Viernes 31-10-08, debiendo presentarse el delegado de Prueba el día Lunes 03-11-08, de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Registrase la presente Decisión. Líbrese Boleta de Notificación a las partes mediante oficio Departamento de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a la Unidad Técnica de Apoyo al Régimen Penitenciario de Maracaibo.
EL JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN,
DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARD ECHETO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y se registró la presente Decisión bajo el Nº 814-08 y se oficio bajo el No. 5.052-08.-
EL SECRETARIO,
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