REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

Santa Bárbara de Zulia, 17 de octubre de 2008
198° y 149º
Decisión No. 0749-2008
Causa No. C02-5347-2008
Vista la solicitud de Orden de Allanamiento y registro domiciliario dirigida a este Juzgado por el Fiscal Auxiliar Vigésimo Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Abogado RICHARD PAUL LINARES, para ser practicada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca, en el inmueble ubicado en la población de El Batey, sector Casa de Tejas, calle Don Juan, casa S/N, al lado de unos trabajadores de la Empresa Central Venezuela, la casa es de color amarillo, con cerca de ciclón, Población El Batey, Municipio Sucre del Estado Zulia, propiedad de la ciudadana SANDRA VALERO, lugar en el cual se presume se encuentran evidencias de interés criminalistico, como lo son materiales usados para la construcción de acueductos de aguas blancas y aguas negras, que pudieran guardar relación con la investigación que adelanta la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público, signada con la nomenclatura 24-F21-0641-2008. Désele entrada. Regístrese su ingreso. Ahora bien, por cuanto se observa del escrito que la contiene como de los anexos que acompaña, que se trata de un caso de necesidad y urgencia, interpretados como aquellos que pudieran hacer que desaparezcan los autores del hecho o las circunstancias de comprobación del cuerpo del delito y como quiera que cumple con las exigencias establecidas en el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda proveer de acuerdo con lo requerido. Expídase la respectiva Orden de Allanamiento, la cual tendrá una duración máxima de siete (07) días, todo de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 211 Eiusdem. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
La Juez de Control,
Abg. Glenda Moran Rangel
La Secretaria,
Abg. Lixaida María Fernández Fernández
En la misma fecha y conforme a lo ordenado se asentó la presente resolución bajo el N° 0749-08, se libró orden de Allanamiento, se remite constante de veintiún (21) folios útiles y se oficio bajo los Nos. 2.443 y 2.444-2008.-
La Secretaria,
Abg. Lixaida María Fernández Fernández