REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL
Maracaibo, 28 de Octubre del 2008
198º y 149º
ACTA DE DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA PRELIMINAR
CAUSA: 10C-6109-08
JUEZ PROFESIONAL: DRA. ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
SECRETARIO: ABOG. JOSÉ LUIS LOSSADA
FISCAL PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABOG. GHERALDINE ANDRADE
IMPUTADO: JOSÉ LUIS GONZÁLEZ
DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL
VÍCTIMA: CARLOS LUIS ROMERO BELEÑO
En el día de hoy, Martes Veintiocho (28) de Octubre del 2008, siendo las Once y Treinta minutos de la Mañana (11:30 a.m.), previo lapso de espera, fecha fijada por éste Despacho Judicial para llevar a efecto la Audiencia Preliminar en la presente Causa signada con el N° 10C-6109-08, seguida en contra del Imputado JOSÉ LUIS GONZÁLEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, cometido en perjuicio de CARLOS LUIS ROMERO BELEÑO. Se deja expresa constancia que para la realización de este acto se encontraba presente la ABOG. GHERALDINE ANDRADE, en su carácter de Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público. Asimismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia del Imputado JOSÉ LUIS GONZÁLEZ. Acto seguido, solicita el derecho de palabra la Representante Fiscal, exponiendo: “Vistas las reiteradas incomparecencias del Ciudadano JOSÉ LUIS GONZÁLEZ, en su carácter de Imputado, a los actos fijados por este Tribunal en fechas 30/09/08 y 13/10/08, (folios 78 y 82 de la presente Causa), así como su incomparecencia en el día de hoy, evidenciándose asimismo que no ha sudo posible la ubicación del mismo, conforme a lo establecido en la resulta de la Boleta de Notificación librada al referido Imputado, practicada por el Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, inserta al vuelto del folio 88, y en virtud de que no consta en actas, las resultas correspondientes a la Boleta de Notificación librada por este Tribunal en fecha 01/10/08, a ser practicada por funcionarios adscritos a la Policía Regional del Estado Zulia, (inserta al folio 84), en aras de llevar a efecto la Audiencia Preliminar correspondiente a la presente Causa, solicito muy respetuosamente le sea librada Orden de Aprehensión al Ciudadano JOSÉ LUIS GONZÁLEZ, antes identificado, es todo”. En consecuencia, éste JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, librar ORDEN DE APREHENSIÓN al Ciudadano JOSÉ LUIS GONZÁLEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 12.452.418, hijo de José Montiel y Ana González, residenciado en La Concepción, Sector Jaguey de Monte, Caserío Cojoro, Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, de conformidad a lo previsto en el Ordinal 1° del Artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECLARA. De igual manera, este Juzgado acuerda Diferir la presente Audiencia Preliminar y acuerda fijarla nuevamente mediante Auto por Separado, una vez sea Capturado el mencionado Imputado. Se deja expresa constancia que las partes asistentes quedan debidamente notificadas de lo antes resuelto y se ordena Notificar a las partes inasistentes. Asimismo, se ordena Oficiar a los distintos Cuerpos Oficiales y de Seguridad, a los fines de ser conducidos a la Captura del Imputado. Regístrese la presente Decisión bajo el N° 5726-08. Cúmplase.-
LA JUEZ DÉCIMA DE CONTROL
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DRA. ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
LA REPRESENTACIÓN FISCAL
ABOG. GHERALDINE ANDRADE
Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público
EL SECRETARIO
ABOG. JOSÉ LUIS LOSSADA
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