“…Comparece ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, la ciudadana AMELICAR OLLARVE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V.-15.849.317 y domiciliada en la Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistido por la Abogada DAYNUS ROJAS MENDOZA, Defensora Publica Primara del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Extensión Cabimas, quien expuso: Por motivos que me interesan demostrar, solicito se sirva oficiar a la Oficina de Archivo Judicial del Estado Zulia, con Sede en Cabimas, con la finalidad de que envíen a este Juzgado el expediente numero 2U-5341-06, el mismo fue remitido con oficio signado 0924-08, de fecha 18-06-08 y que se encuentra en el legajo número 17, de los enviados por éste Despacho el cual tiene como partes al ciudadano JHON ALEXANDER VILLASMIL por una parte y por la otra a mi persona… (Sic)”
Por auto de fecha Dos (02) de Octubre de 2008, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia.
Consta en actas Notificación de la Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada.
|