“…Comparece ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, el ciudadano ARIEL ENRIQUE AVENDAÑO GARCIA, colombiano, mayor de edad, soltero, mecánico hidráulico, titular de la cédula de identidad No. E.-83.480.506 y domiciliado en la Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, asistido por la Abogada DIAMELIS SANCHEZ C., Defensora Publica Primara del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Extensión Cabimas, quien expuso: Por motivos que me interesan demostrar, solicito se sirva oficiar a la Oficina de Archivo Judicial de la Dirección Administrativa Regional de la Extensión Cabimas, con la finalidad de que envíen a este Juzgado el expediente numero SOL-2U-2369-07, el mismo fue remitido a esa Oficina por éste Juzgado, con oficio número 0597-08, de fecha 22-04-08 y que se encuentra en el legajo número 41, de los enviados por éste Juzgado el cual tiene como parte a mi persona… (Sic)”
Por auto de fecha Dos (02) de Octubre de 2008, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia.
Consta en actas Notificación de la Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada.
|