“…Comparece ante este Tribunal la ciudadana CIRA ELENA PEREZ DE FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.733.037, asistida por la Abogada DAYNUS ROJAS, en su carácter de Defensor Publico Tercero (E), quien expuso: “….Solicito a este digno Tribunal se sirva oficiar al Archivo Judicial de la circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a fin de que remita a este Despacho el expediente No. 2U-4942-05, el cual le fue enviado para su archivo en fecha Diecinueve (19) de Septiembre de 2007, según oficio No. 1448-07, legajo No. 10…”
Por auto de fecha Veinticinco (25) de Septiembre de 2008, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud ordenándose la notificación del Fiscal 36° del Ministerio Público del Estado Zulia, la cual no hizo oposición alguna.