Nº 02998
República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1
PARTE NARRATIVA
Consta de los autos, cheque N° 71210262, de fecha 28 de Agosto de 2008 emanado de CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACION EDUCATIVA (INCE), contra el Banco Federal y montante a la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES CON 00/100 (Bs.F.750,00), a favor de niños, niñas y Adolescentes LUISA Y LUIS SANCHEZ.
La anterior solicitud fue recibida del órgano distribuidor y el Tribunal mediante auto de fecha 22 de Septiembre de 2008, se le dio entrada y admitió el 23 de Septiembre de 2008, cuanto ha lugar en Derecho ordenándose darle numeración al mismo y que en auto por separado se resolverá lo conducente.
PARTE MOTIVA
UNICO
Observa, este Juzgador que consta en autos, cheque consignado a favor de niños, niñas y Adolescentes LUISA Y LUIS SANCHEZ, los cuales no poseen libre administración de sus bienes, este Tribunal atendiendo al principio del Interés Superior del Niño establecido en el artículo 8 que establece:
“ARTICULO 8: “El Interés Superior del Niño es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños y adolescentes. Esta principio está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescentes, así como el disfrute pleno de sus derechos y garantías.”
Analizadas las actas procesales, es por lo que este Tribunal ordena a los fines de salvaguardar los intereses y los bienes de niños, niñas y Adolescentes LUISA Y LUIS SANCHEZ, aperturar una cuenta de ahorros en el Banco de Fomento de los Andes a nombre de niños, niñas y Adolescentes LUISA Y LUIS SANCHEZ y a la disposición del Tribunal. Así se decide.
PARTE DISPOSITIVA
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 1, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Ordena:
1) Abrir una (1) Cuenta de Ahorros a nombre del Tribunal Supremo de Justicia según RIF No. G-20000030-9, CODIGO 11, por cuanto se desconocen los datos del representante, cuyos beneficiarios de niños, niñas y Adolescentes LUISA Y LUIS SANCHEZ y a la disposición del Tribunal en Banfoandes.
2) Consignar en actas copia certificada del acta de defunción del causante y de las actas de nacimiento de los niños y/o adolescentes de autos.
3) Notificar de la iniciación de este procedimiento al ciudadano Fiscal Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia de conformidad a lo establecido en el artículo 170 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente.-
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Despacho del Juez Unipersonal No. 1, en la ciudad de Maracaibo, el (30) de Octubre de 2008. Año 197° de la Independencia y 148º de la Federación.
El Juez Titular Unipersonal No. 1:
DR. HECTOR RAMON PEÑARANDA QUINTERO
La Secretaria
MGS. ANGELICA MARIA BARRIOS
En la misma fecha, en horas de despacho se publicó el fallo anterior y quedó registrado bajo el Nº 372, en el registro de Solicitudes de bienes llevado por este Tribunal. Se oficio bajo el Nº 08-801 y se libró boleta de notificación. La Secretaria.
HRPQ/691*
República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1
Nº 02998
Maracaibo, 30 de Octubre de 2008
197º y 148º
A la ciudadana Fiscal Especializada del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Zulia, que con esta misma fecha, se ha iniciado ante este Órgano Jurisdiccional un procedimiento contentivo de CONSIGNACION DE CHEQUE solicitado por la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACION EDUCATIVA (INCE a favor de niños, niñas y Adolescentes LUISA Y LUIS SANCHEZ.
Notificación que se le hace de conformidad con lo previsto en el artículo 170 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
FIRMARA Y DEVOLVERA COMO CONSTANCIA
JUEZ TITULAR UNIPERSONAL Nº 1
DR. HECTOR RAMON PEÑARANDA QUINTERO
LA NOTIFICADA
Notificada el ciudadano Fiscal Especializado del Ministerio Público del Estado Zulia, hoy_______________________________________________________,
En fecha____________ me fue entregada la presente boleta por el alguacil de este Tribunal.
EL ALGUACIL
LA SECRETARIA
República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1
Maracaibo, 30 de Octubre de 2008
197º y 148º
Oficio N° 08- 801. Exp. 02998
Ciudadano
GERENTE DEL BANCO BANFOANDES
Ciudad.-
Anexo remito a Usted, Un (1) Cheque signado con el Nro. 71210262 y girado contra el Federal, por la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES CON 00/100 (Bs.F.750,00)). A los fines de que se proceda a la apertura de UNA (1) cuenta de ahorros a nombre del Tribunal Supremo de Justicia según RIF No. G-20000030-9, CODIGO 11, por cuanto se desconocen los datos del representante, cuyo beneficiario son los Niños, Niñas y Adolescentes HERMANOS SANCHEZ, correspondiente al expediente Nº 02998. La referida cuenta de ahorro estará exenta de todo tipo de cargos por servicios bancarios, así como el Impuesto al Debito Bancario de acuerdo a lo estipulado en el Código de Procedimiento Civil en el artículo 823 y en lo establecido en la Ley de Impuesto al Debito Bancario en los artículos Nros. 14 y 15. La cuenta de ahorro solo podrá ser movilizada con la autorización del Juez y Secretario mediante oficio.
DIOS Y FEDERACIÓN
Dr. Héctor Ramón Peñaranda Quintero
Juez Titular Unipersonal Nº 1
Mgs. Angélica María Barrios
La Secretaria
ANEXO: OFICIO Y UN (1) CHEQUE.-
HPQ/691*
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