JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 31 de Octubre de 2008.-
198º y 149º
Visto la diligencia realizada por las partes de fecha treinta (30) de los corrientes suscrito por suscrito por los abogados en ejercicio VICTOR ENRIQUE MARQUEZ FINOL, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 105.333, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada GRUAS Y TRANSPORTE DE OCCIDENTE, C.A y la abogada en ejercicio SENAI CUEVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 83.360, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora COMDIMA, el Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia, SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado en fecha 01/04/08, y participada según oficio No.0612-2008 de fecha 01/04/08 ante el Registrador Subalterno del Municipio San Francisco del Estado Zulia, recaída sobre un inmueble propiedad de la Sociedad Mercantil GRÚAS Y TRANSPORTE DE OCCIDENTE, C.A, según consta de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio San Francisco del Estado Zulia, el día 03 de Marzo de 2006, anotado bajo el No. 5, Protocolo 1°, Tomo 30, Primer Trimestre, constituida por una parcela distinguida con el No. MI-35, la cual forma parte de mayor extensión del denominado Parcelamiento o Urbanismo ZONA INDUSTRIAL DE MARACAIBO PRIMERA ETAPA DE AMPLIACIÓN, ubicado en Jurisdicción de la Parroquia Marcial Hernández del Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia, con las siguientes medidas y linderos: NORTE: en ciento dieciséis metros (116 mts) y linda con la calle con la calle 153; SUR-ESTE: en treinta y siete metros con ochenta centímetros (37,80 mts) y linda con la calle 154; por el SUR-OESTE, en ciento veinte metros (120 Mts) y linda con parcela MI-37 y por el ESTE: en ciento veinticinco metros con setenta centímetros (125,70 Mts) y linda con avenida 68 y por el OESTE: en setenta y nueve metros con ochenta centímetros (79,80) y linda con parcela No. MI-36 del mismo parcelamiento, abarcando dicha parcela una superficie aproximada de terreno de TRECE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTÍMETROS (13.352,63 Mts2).- Ofíciese.-
EL JUEZ PROVISORIO, LA SECRETARIA,
DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS MARIA ROSA ARRIETA FINOL
En la misma fecha se ofició bajo el No. 2163 la resolución quedó signada bajo el No. 220.-
LA SECRETARIA,
MARIA ROSA ARRIETA F.
CRF/pg.-
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