REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, Veintiuno de Octubre de 2008
198° y 149°


En el día de hoy, veintiuno de Octubre del año Dos Mil Ocho (2008), día y fecha fijado para llevar a efecto este acto, y siendo las 2:40 PM de la tarde, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipio Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento de la ciudadana Ejecutante: MARIA VICTORIA IBAÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 52.722.620, asistida en este acto por la Defensora Pública Primera Suplente para el Área de Protección del Niño y del Adolescente, Extensión Santa Bárbara de Zulia, en la Hacienda “Santa Rosa”, ubicada en el Kilómetro 5 y Medio Vía El Vigía, parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Autónomo Colón del Estado Zulia, a los fines de practicar MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO de cualquier cantidad de dinero, salario o remuneración de que disfrute el ejecutado ciudadano RENNIER DAVID CASANOVA PEÑA, titular de la Cédula de Identidad N°. 17.185.540, a razón de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BS. F-200,oo) convenido por las partes para cubrir los gastos de la pensión de alimentos de forma mensual, todo en interés superior de los Menores de autos, según lo ordenado en el Expediente signado con el N° 08-2.527 por el Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Santa Bárbara de Zulia para lo cual fue suficientemente comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción ubicado en el comedor de la Hacienda Santa Rosa, ubicada en el Sector Guaimaral, Parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Autónomo Colón del Estado Zulia, procede a Notificar de la presente Medida al ciudadano JOSE DE LOS SANTOS JIMENEZ AMARIS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-22.234.371, quién manifestó al Tribunal ser el Encargado del Fundo Santa Rosa. Esta Jurisdicción Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: EMBARGADO EJECUTIVAMENTE la cantidad Ut-Supra identificada, según lo ordenado por el Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Dichas cantidades de dinero deberán ser remitidas al Tribunal de la causa Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ubicado en la Avenida 8, calle 12, al lado del Comando de la Guardia Nacional Santa Bárbara de Zulia. Enmendado: Practicar, menores entre líneas, el, comedor, valen. Siendo las tres y quince minutos de la tarde se dio por cerrado el acto. Terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
La Ejecutante y su abogada asistente,
El Notificado,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 22 de Octubre de de 2008
198° y 149°

Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado Comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-


El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES

En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve, constante de siete (07) folios útiles, mediante Oficio número 6150-099.-

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES