REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
En horas de Despacho del día de hoy, 31 octubre del año dos mil ocho, siendo las 10:15 a.m., de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte Ejecutante y jurada como fue la urgencia del caso, en las Oficinas de la Empresa IMA, ubicada entre la avenida 15 y 17 de los haticos, frente al Terminal de Pasajero, en jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida, decretada por el TRIBUNAL DE POTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL No.1, en el juicio por DIVORCIO ORDINARIO, seguido por la ciudadana: LEYBIS JOSÉ MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.624.714, en contra de la ciudadana: MILBA ROSA ROJAS, titular de la cédula de identidad No. V-11.047.155.- Una vez constituido este tribunal, procedió a notificar al (la) ciudadano (a): CLARISBETH PORTON, titular de la cédula de identidad No. 12.444.596, quién se identifico con el carácter de: ANALISTA DE PERSONAL.- Seguidamente la Jueza Ejecutora le notificó que el Tribunal de la causa, para asegurar los bienes de la comunidad conyugal a favor de la ciudadana: MILBA ROSA ROJAS, decretó Medida de Embargo Provisional, sobre: A) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo o salario ordinario, ayuda por alojamiento familiar, jornada en exceso sábado y domingo, horas extraordinarias, feriado sábado o domingo trabajado, prima especial, bono trabajo nocturno, indemnización subsidio alimentario, bono compensatorio, tarjeta de alimentos, utilidades, bono vacacional, primas, horas extras, prestaciones sociales, caja de ahorros, fideicomiso, retroactivo, y cualquier otra cantidad que reciba el ciudadano: LEYBIS JOSÉ MARTÍNEZ, como trabajado de la empresa IMA Y PRODUCCION SOCIAL (ASOC). De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y dándole cumplimiento a lo ordenado por el tribunal comitente DECLARA EMBARGADO PROVISIONALMENTE, todos los conceptos señalados en el literal “A “. Asimismo se le hace saber al notificado que las cantidades de dinero Embargadas Provisionalmente, en el literal antes mencionado deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL No.1 identificado con el No.12777 de expediente para el momento de su consignación, el cual solo recibe cheque los días MARTES Y JUEVES y el mismo se encuentra ubicado en el anexo del Edificio Arauca, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, avenida 4 Bella Vista, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. Seguidamente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzarán las retenciones a que se refiere la presente medida. En este estado el Notificado expuso: “Me doy por notificado de la medida de ejecución que en este acto se ejecuta a reserva de verificar: PRIMERO: Si el demandado es o no trabajador de la Empresa IMA y PRODUCCION SOCIAL (ASOC); SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada Este Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, artículos 254 y 26 segundo aparte de la norma citada, de conformidad con el Artículo 9 de la Ley Orgánica de Niños, Niñas y Adolescentes, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Es todo.- Terminó, se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 10:20 a.m.-
LA JUEZA TEMPORAL,
ABOG. OLGA ARAQUE CAMPOS
EL (LA) NOTIFICADO (A)
LA SECRETARIA ACCID,
ABOG. YULY MALPICA FRANCO
ZC/gonzalez b .
Comis. No. 4121-2008
Expediente No.13545
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