REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, 22 de octubre del año dos mil ocho, siendo las 2:30 a.m., de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte Ejecutante, en las Oficinas deL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA, ubicada en la avenida 16, (Guajira), diagonal al Hospital Universitario, Departamento de Nómina, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida, decretada por el TRIBUNAL DE POTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL No.1, en el juicio por DIVORCIO ORDINARIO, incoada por la ciudadana: PETRA TERESA ARTEAGA QUEVEDO, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.586.316, en contra del ciudadano: ANSELMO LEDESMA ARGUELLO, titular de la cédula de identidad No. V-7.774.416.- Una vez constituido este tribunal, procedió a notificar al (la) ciudadano (a): MARIA SILVA GARCIA, titular de la cédula de identidad No. 4.517.409, quién se identifico con el carácter de: JEFA DEL DEPARTAMENTO DE NÓMINA.- Seguidamente la Jueza Ejecutora le notifico que el Tribunal de la causa, decretó medida de Embargo Preventiva de Embargo, sobre los siguientes conceptos: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo o salario para pensión de manutención ; B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre las utilidades, pensión especiales de fin de año ; C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) por concepto de bono vacacional, bonos de transferencias, cesta ticket, horas extras, bonificación de fin de año y antigüedad.; D) EL TREINTA POR CIENTO (30%) por concepto de liquidación de prestaciones anuales o totales, retroactivos, Caja de Ahorros, Fideicomiso, en cado de despido, retiro, jubilación o muerte. De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dándole cumplimiento a lo ordenado por el tribunal comitente DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, todas las cantidades de dinero señaladas en los literales A, B, C, y D. Asimismo se le hace saber al notificado que las cantidades de dinero Embargadas Preventivamente, en los literales antes mencionados deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL No.1 identificado con el No.13545 de expediente para el momento de su consignación, el cual solo recibe cheque los días MARTES Y JUEVES y el mismo se encuentra ubicado en el anexo del Edificio Arauca, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, avenida 4 Bella Vista, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. Asimismo que a partir de la presente fecha comenzarán las retenciones a que se refiere la presente medida. En este estado el Notificado expuso: “Me doy por notificado de la medida de ejecución que en este acto se ejecuta a reserva de verificar: PRIMERO: Si el demandado es o no Empleado de la Universidad del Zulia; SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada Este Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, artículos 254 y 26 segundo aparte de la norma citada, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 3:30 p.m..-
LA JUEZA TEMPORAL,

ABOG. OLGA VIOLETA ARAQUE CAMPOS
EL (LA) NOTIFICADO (A)


LA SECRETARIA ACCID,

ABOG. YULY MALPICA FRANCO

ZC/gonzalez b .
Comis. No. 4109-2008
Expediente No.13545