REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-En el día de hoy 16 DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, siendo las 12:30 p.m., día y hora previamente fijado por este Tribunal Ejecutor a objeto de darle cumplimiento a la medida de secuestro sobre bienes muebles conformado por UN ACONDICIONADOR MINI SPLIT DE LUJO MARCA PREMIUM MODELO PAD1250QB SERIAL 0277-0456 Y UN MINICOMPONENTE MARCA SONY MODELO MHC-GT22 SERIAL 4121749, decretada por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EXP. 2927, en el Juicio que por Resolución de Venta con Reserva de Dominio sigue la C.A. LA CASA ELECTRICA contra el Ciudadano EDGAR ALEXANDER VILLALOBOS VALENCIA, titular de la cédula de identidad No. 12.619.898. Acto seguido este Tribunal se traslada a pedimento del apoderado judicial de la parte actora GONZALO VELASQUEZ ROSALES, inscrito en el inpreabogado No. 11.491, a la dirección donde se encuentra el bien mueble a secuestrar, y a tales efectos se indica a continuación: Urbanización San Francisco, Calle______Avenida principal, Casa No0105 apart, del Municipio San Francisco, Estado Zulia.- Una vez constituido en la dirección ut supra señalada, el Tribunal procedió a notificar a la ciudadana: MILADIS JOSEFINA VALENCIA DE VILLALOBOS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No.4.534.016 y de este domicilio, quién manifestó al Tribunal ser la progenitora del demandado, asimismo informó al Tribunal que su hijo no reside en esta dirección, ni tiene conocimiento donde vive en estos momento, es todo.- Seguidamente estando presente la parte ejecutante, expuso: Por lo antes expuesto por la notificada, solicito al Tribunal, se abstenga de Ejecutar la presente medida de Secuestro, para el cual fue comisionado y remita la misma al Juzgado de la causa con todas sus resultas.- En este estado este Tribunal Cuarto Especial de Medidas acuerda Abstenerse de Ejecutar la Medida de Secuestro para el cual fue comisionado, y remite la misma al Juzgado de la causa, tal como fue solicitado por la parte ejecutante.- Terminó, se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ,

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO



EL EJECUTANTE El (LA) NOTIFICADO (A).




LA SECRETARIA ACC

ABOG. YULI MALPICA





Comisión 4101/08