Comisión N° 3942-2008



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado Segundo Especial (Ejecutor De Medidas) De Los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez Y Almirante Padilla De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia



En horas de Despacho del día de hoy, Viernes Diecisiete (17) de Octubre del año dos mil Ocho (2008), siendo las diez y cuarenta (10:40Am), horas de la mañana, previa fijación acordada al efecto, se traslado y constituyó este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a las Oficinas del CUERPO DE VIGILANCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE., ubicadas estas en la circunvalación No.2, sector barrio Simón Bolívar, jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, con el objeto de practicar la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, comisionada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio de INVALIDACION DE SENTENCIA, incoado por la ciudadana LUZ MILA GONZALEZ FUENMAYOR, contra el ciudadano NESTOR SEGUNDO VILLASMIL RINCON, titular de la Cédula de Identidad N°V-4.764.528.- Presente el (la) ciudadano(a): JESSIKA LISET GIL INFANTE, Venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-15.764.382, y quien dijo proceder con el carácter de Secretaria de departamento de las oficinas donde se esta constituido, el Tribunal le notificó del objeto de su traslado y constitución y de la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Comitente, sobre: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero que por concepto de Prestaciones Sociales y Fideicomiso, desde el día 09 de Enero de 1969, hasta el día 26 de Noviembre de 2007, le corresponda al demandado, ciudadano NESTOR SEGUNDO VILLASMIL RINCON, titular de la Cédula de Identidad N°V-4.764.528, como trabajador al Servicio del CUERPO DE VIGILANCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura.- Que las cantidades a retener en el concepto antes señalado, deberán remitirlas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA (Expediente N° 40.110). En este estado el (la) notificado (a) expuso: A reserva de verificar si el demandado es o no trabajador al Servicio del CUERPO DE VIGILANCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura; o de si le pertenece o tiene en la misma, cantidades algunas por dichos conceptos; de si sobre los haberes embargados no existen otras medidas Judiciales anteriores y, finalmente, también a reserva de las aplicaciones de las disposiciones legales y contractuales que puedan afectar la presente medida, me doy por notificado (a) y enterado (a) del contenido a que se refiere la presente comisión. El Tribunal en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara formalmente Embargado Preventivamente el concepto antes señalado, y advirtió al notificado de la obligación en que está de dar cumplimiento a lo ordenado en la presente Acta. Finalmente se hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dadivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela que consagra la gratuidad de la justicia.- Siendo las diez y cincuenta (10:50Am) horas de la mañana, concluyó el presente acto.- Terminó, se leyó y conformes firman.

DIOS Y FEDERACION
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ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO
Juez Temporal Juzgado Segundo Especial (Ejecutor De Medidas) De Los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez Y Almirante Padilla De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia





EL (la) NOTIFICADO (a):





LA SECRETARIA:
ABOG. ANAIS VILALOBOS V.


GDO/belkis q.-
Comisión N° 3942-2008.-