Comisión 3896-2008
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
198 Y 149
En horas de Despacho del día de hoy, viernes diez (10) de Octubre de dos mil ocho (2008), siendo las nueve y cuarenta y cinco de la mañana (09:45 am), previa fijación acordada al efecto, a señalamiento e indicación del abogado en ejercicio y de este domicilio LUIS BASTIDAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.988, actuando en defensa de sus propios derechos e intereses, y presente en este acto, se traslado y constituyo este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a la sede del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA No. 2, ubicado en el anexo del Edificio Arauca, Planta baja, Avenida 4 (BELLA VISTA), entre calles 68 y 69, en jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, con el objeto de practicar la medida de embargo PREVENTIVO decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA No. 02 en la pieza de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, solicitada por los ciudadanos LUIS BASTIDAS DE LEON y BLANCA ROMERO LUGO, contra la ciudadana MERCEDES GONZALEZ DE LEAL, en expediente signado con el No.11.975.- Ya constituido el Tribunal en el sitio antes señalado procedió a notificar del objeto de su traslado y constitución a la ciudadana ANGELICA MARIA BARRIOS BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 14.369.378, en su condición de JUEZ TEMPORAL del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA No. 2. A continuación este tribunal, pasa a requerir a la notificada, el expediente llevado por ese Juzgado y cuyo numero es 11.975, y deja constancia que la notificada presento el cuerpo documental relativo al mencionado expediente, por lo que este Juzgado ejecutor deja expresa constancia de su existencia, que el mismo consta de ochenta y dos (82) folios útiles, la pieza principal, y cincuenta y siete (57) folios útiles la pieza de medida, contentivo del Juicio de DIVORCIO ORDINARIO, seguido por la ciudadana MERCEDES GONZALEZ DE LEAL, contra el ciudadano YOHEL RICARDO LEAL ACOSTA, y que en el mismo se encuentra consignada la suma de OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 8.417,76). Seguidamente, este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara EMBARGADA PREVENTIVAMENTE, la cantidad de OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 8.417,76), que se encuentra consignada en el expediente No. 11.975, e informa a la notificada en este acto que debe remitir la cantidad de dinero embargada mediante cheque de gerencia al Juzgado de la causa. En este estado, la Notificada expuso: “Me doy por notificada de la presente medida”. Finalmente se hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dadivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela que consagra la gratuidad de la justicia.- Este acto termino a las diez de la
Mañana. Leyéndose y conformes firman.
EL JUEZ TEMPORAL
ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO
EL APODERADO ACTOR LA NOTIFICADA
LA SECRETARIA
ABOG. ANAIS VILLALOBOS
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