El día de hoy ,27 de Octubre del año Dos Mil Ocho(2008), siendo las 11:00 de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventiva decretada en el Juicio de DIVORCIO, seguido por la Ciudadana: YVELISSE ALEXANDRA PIRELA ROJAS, titular de la cedula de identidad numero: V-11.317.911, en contra del ciudadano: RAMON SEGUNDO BARRETO RODRIGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N°V-11.250.309 por ante el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL N• 01, con sede en Cabimas y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A señalamiento del apoderado(a) judicial de la parte actora abogado(a) en ejercicio DAMIAN NAVA VILLALOBOS, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.174.824 inscrito(a) en el inpreabogado bajo el Nº 28896 se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la empresa ENSIGN DE VENEZUELA, C.A ubicada en: LA AVENIDA INTERCOMUNAL ENTRE CARRETERA “N” EN CIUDAD OJEDA municipio Lagunillas del Estado Zulia.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a): KATTY FERRER, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la cédula de Identidad numero: V- 10.208.812 En su carácter de: SUPERINTENDENTE DE RELACIONES INDUSTRIALES de la empresa ENSIGN DE VENEZUELA, C.A .- En este estado presente el apoderado actor abogado(a) DAMIAN NAVA VILLALOBOS, antes identificado(a) expuso: Señalo al tribunal para ser embargado preventivamente: PRIMERO: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero por concepto de VACACIONES, UTILIDADES, LIQUIDAS, que le pueden corresponder al demandado RAMON SEGUNDO BARRETO RODRIGUEZ, antes identificado, como trabajador al servicio de esa empresa.- SEGUNDO: Embargo sobre EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, CAJA O FONDO DE AHORROS, FIDEICOMISO E INTERESES, Y CUALOQUIER OTRO BENEFICIO que le pueda corresponder al demandado por servicios prestados en la referida empresa.- La cantidad a retener por dichos conceptos deberán ser remitidas al TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL N• 01, con sede en Cabimas, en cheque de gerencia a la orden del mismo una vez se vayan causando.-