Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta
Sección Adolescente
La Asunción, 8 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2006-004088
ASUNTO : OP01-P-2006-004088
AUTO DE COMPUTO Y DE CESACIÓN POR CUMPLIMIENTO DE SANCION DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA
Vista la solicitud de la defensora Pública Penal Dra. Geisha Camacaro, donde solicita el cese por cumplimiento en virtud de la consignación de constancia de trabajo, de su defendido ciudadano Joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, este Tribunal revisadas las actuaciones correspondientes al sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por mandato del artículo 537 de la citada Ley Especial, procede a actualizar cómputo de la sanción de Imposición de Reglas de Conducta Impuesta por el lapso de seis meses. Consistente en la obligación de estudiar o trabajar y presentarse cada 30 días ante el Tribunal de Ejecución; para ello este Tribunal observa Primero: En fecha 2 de octubre de 2008, se realizó computo de la sanción, y el Tribunal emitió decisión por la cual acordó: Actualizar el computo de la sanción de Imposición de Reglas de Conducta adolescente IDENTIDAD OMITIDA, impuesta por el lapso de seis meses, por lo cual ha dado cumplimiento a: A) La obligación de presentarse cada treinta días ante este Tribunal dio cumplimiento por seis meses; B) La obligación de trabajar ó estudiar, ha acreditado 5 meses y 16 días, y le resta 14 días. Segundo: Al folio 1666 riela inserta constancia de trabajo emitida del mismo lugar de trabajo Barbería Inés Fashion, de fecha 1 de octubre de 2008, donde indica que ingresó el 12 de marzo de 2008, por lo que tiene un tiempo de trabajo de 6 meses, y 26 días. Lo que significa que tiene más del tiempo exigido en el cumplimiento de la obligación de trabajar, es por ello que se declara con lugar la cesación solicitada por la Defensa Pública. Visto asimismo que se cumplió con la totalidad de la sanción impuesta, inclusive mas del tiempo exigido por la sanción, y visto por ello que se han cumplido con las expectativas del Sistema Sancionatorio Juvenil, donde es lograr el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente y su adecuada integración familiar y social. Como consecuencia de lo anteriormente señalado, se observa el contenido de los artículos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente: “Artículo 645: “Cumplida la medida impuesta u operada la prescripción, el Juez de Ejecución ordenará la cesación de la misma y en su caso, la libertad plena. El literal h) del articulo 647, “EJUSDEM”, establece las funciones del Juez de Ejecución, a saber: “Decretar la cesación de la medida.”. Es por ello, que corresponde a este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección de Adolescentes decretar conforme lo establecido en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, LA CESACION por CUMPLIMIENTO de la sanción de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA. Consistente en la obligación de estudiar o trabajar y presentarse cada 30 días ante el Tribunal de Ejecución; Y ASI SE DECIDE. EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 645, 646 y 647 literales “a” , “e”, y “h”, y artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se actualiza el computo de la sanción de Imposición de Reglas de Conducta por la cual se determina que dio un cumplimiento total de la obligación impuesta. SEGUNDO: Se Decreta la CESACIÓN POR CUMPLIMIENTO de la sanción de Imposición de Reglas de Conducta impuesta al ciudadano joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, identificado en autos, y en consecuencia se decreta la LIBERTAD PLENA DEL JOVEN ADULTO, Notifíquese. Diaricese. Déjese copia del presente auto y Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN
La Secretaria
Dra. Isabel Asunta PannacI
Abg. Zaida Montilva
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
10:48 AM
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