ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001786.
PARTE ACTORA: WILFREDO TORRES.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MAYORI JOSEFINA HERNANDEZ.
PARTE DEMANDADA: CELADORES MARA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS LOPEZ.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 23 de Octubre de 2008, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los Abogados en ejercicio MAYORI JOSEFINA HERNANDEZ en su carácter de apoderada judicial del ciudadano WILFREDO TORRES y CELADORES MARA C.A, representado por el abogado JESUS LOPEZ en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este acto estando presente el apoderado judicial de la parte demandada abogado JESUS LOPEZ facultado para este acto expone:" Para dar por terminada la presente causa ofrezco en este acto en nombre de mi representada pagarle al trabajador la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs.5.000) por los conceptos demandado en el libelo de la demanda, para el día 26 DE NOVIEMBRE DEL 2008 POR ANTE ESTE TRIBUNAL; en este acto estando presente la apoderada judicial de la parte demandada la abogada MAYORI JOSEFINA HERNANDEZ expone: “En nombre de mi representada acepto el ofrecimiento realizado por la parte demandada por cuanto en ello están satisfecho los pedimento realizado el libelo de la demanda y así dar por terminada la presente causa”. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. En este acto el tribunal hace la entrega de las pruebas promovidas por la partes.
La Juez
Abg.Ana Avila
La Secretaria.
Los Presentes
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