REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DECIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 17 de Octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: VP01-L-2008-001479.

Por recibida el día 10 de Octubre de 2008 la presente Acta Transaccional para resolver el Tribunal observa: revisada como ha sido la transacción realizada en fecha 04 de Julio de 2008, por los ciudadanos ELISAUL IGUARAN, JOSE LUIS REVEROL GONZALEZ, WILMER EDISON GONZALEZ GONZALEZ, CASTOR ENRIQUE URDANETA BOSCAN, MIGUAL ANGEL NAVAS MONTIEL, JOSE ANTONIO EPIAYU MONTIEL, RUBEN DARIO RINCON MONTIEL, JOSE ANGEL BRACHO, JOSE ANTONIO GONZALEZ, GIORDANO ALBERTO PEREZ PEREZ, JOSE NAVAS MONTIEL, HELISAUL GONZALEZ, AGUSTIN GONZALEZ, JOSE LUIS GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números 210686.336, 20.094.599, 22.258.189, 16.560.155, 16.017.363, 17.833.808, 18.319.861, 7.801.732, 23.264.254, 15.524.017, 16.017.362, 17.182.963, 20.070.209 y 13.418.492, asistidos por el Abogado en ejercicio MAZEROSKY PORTILLO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.120.268, actuando en este acto como parte actora y la sociedad mercantil AVICOLA DE OCCIDENTE C.A (AVIDOCA), representada en este acto por el Abogado en Ejercicio RODRIGO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 25.316, presente en este acto como parte demandada, donde la parte demandada ofrece cancelarle a las partes actoras las siguientes cantidades: al ciudadano ELISAUL IGUARAN, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano JOSE LUIS REVEROL GONZALEZ, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano WILMER EDISON GONZALEZ, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE- OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano CASTOR ENRIQUE URDANETA, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano MIGUEL ANGEL NAVAS MONTIEL, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano JOSE ANTONIO EPIAYU MONTIEL, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano RUBEN DARIO RINCON MONTIEL, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano JOSE ANGEL BRACHO, la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs.3.680), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano JOSE ANTONIO GONZALEZ, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano GIORDANO ALBERTO PEREZ, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano JOSE NAVAS MONTIEL, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano HELISAUL GONZALEZ, la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs.3.680), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, al ciudadano AGUSTIN GONZALEZ, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, y por ultimo al ciudadano JOSE LUIS GONZALEZ, la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.3.220), mediante cheque de gerencia, librado por la AVICOLA DE OCCIDENTE C.A. (AVIDOCA), contra el Banco Mercantil, para dar por terminado el presente litigio, este Juzgado visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas y el archivo definitivo del expediente .
La Juez

Dra. Ana Avila.

La Secretaria.