REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Veinte (20) de Octubre de 2008
197º y 148º
EXPEDIENTE Nº VP01-L-2008-001350
ACTA DE MEDIACIÒN
PARTE ACTORA: MARIA MORALES (Compareció) ; APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOSÈ SIMANCAS (Procurador-Compareció); PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil PANALPINA WORLD TRASPORT, C.A.; APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: FELIX FIGUEROA (Compareció); MOTIVO: RECLAMO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES En el día de hoy Veinte (20) de Octubre de 2008 , siendo las diez y treinta minutos de la mañana, comparecieron voluntariamente las partes en el presente proceso a los fines de manifestar su espontánea voluntad de haber logrado un acuerdo, el Juez Mediador les explicó las reglas a seguir y cedió el uso del derecho de palabra al Profesional del Derecho FELIX FUGUEROA en su carácter de Apoderado Judicial de la demandada quien manifestó haber logrado un acuerdo con la parte actora, quien había demandado en principio por la suma de (Bs.F.14.647,43), y en la fase de mediación de este Tribunal a los efectos de ponerle fin a la controversia a través de los medios alternos de resolución de conflictos por intermedio del acuerdo de voluntades contendida en el acta de transacción detallada que se da por reproducida y conocida por las paste en este acto y que se resume en los siguientes términos: 1.- La parte demandada ofrecen pagar la suma de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES. (Bs.F. 10.OOO, oo), en un único pago que recibe la demandante en Cheque Nº. 98023937, de la entidad bancaria CITIBANK, a su favor por la suma convenida, cubriendo así todos y cada uno de los conceptos determinados en el libelo de demanda y declarando la parte actora que nada tiene que reclamar a la demandada y por ningún otro concepto producto de la relación de trabajo que tuvo con la demanda .2.- Ambas partes convienen que los honorarios profesionales de los abogados apoderados judiciales de las mismas correrá por cuenta de cada una de ellas excepto el Procurador de Trabajadores dado su condición de Funcionario Público. 3.- Las partes dan por concluido el presente juicio que nada tienen que reclamarse y le solicitan a este Tribunal HOMOLOGUE el presente acuerdo y le imparta el carácter de cosa juzgada y se sirva ordenar el archivo del expediente dado el cumplimiento cabal de lo convenido. Este Tribunal de Instancia en fase de Mediación para decidir Observa: por cuanto considera que se han cumplido todos y cada uno de los requisitos, para que este Tribunal proceda a HOMOLOGAR el acuerdo celebrado por las partes con inmediación del Juez Mediador que preside la audiencia, es por lo que se le imparte aprobación y se le da el carácter de cosa juzgada. ASI SE DECIDE. Por todos los argumentos expuestos, éste TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY . DECLARA: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO celebrado por las pares en esta audiencia. Se le da Aprobación y se le imparte el carácter de Cosa Juzgada en este juicio. SEGUNDO: Se da por concluida la Audiencia Preliminar y la presente causa de conformad archivo del expediente TERCERO: Se ordena expedir copia certificada de dicho acuerdo y de la presente acta, a los fines de su entrega a cada una de las partes; se ordena expedir una (01) copia certificada de esta Resolución por Secretaria a los fines previstos en el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1384 del Código Civil y del articulo 72 ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De la misma forma se hace la devolución de las pruebas a las partes promoventes y se deja constancia que esta Audiencia estaba fijada para realizarse en el día de hoy a las dos de la tarde, y con la autorización del Tribunal se hizo en la hora indicada al inicio de esta acta. PUBLIQUESE, REGISTRESE, Y DEJESE COPIA CERTIFICADA. Y ARCHÌVESE. Siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 a.m.) se levanta la presente Acta, las cuales firman conformes las partes.
EL JUEZ
CARLOS SILVESTRI LA SECRETARIA
MAIRA PARRA
Los Presentes
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