REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Primero (01) de Octubre de 2008
197º y 148º
EXPEDIENTE Nº VP01-L-2008-000886
ACTA DE MEDIACIÒN
PARTE ACTORA: MILENIA LUGO (Compareció); APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: KAREN RODRIGUEZ (Procuradora-Compareció); PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil SEGURIDAD Y VIGILANCIA GARDA C.A., APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: MARISABEL RANGEL y MARCELO MARIN HIDALGO (Compareció); MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES. En el día de hoy Primero (01) de Octubre de 2008 , siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.) , hora fijada por este Tribunal y presente las partes comparecientes en el presente proceso a los fines de asistir a la continuación de la Audiencia Preliminar en la hora y fecha fijada por este Circuito Laboral, el Juez Mediador les explicó a las partes las reglas a seguir y cedió el uso del derecho de palabra al Profesional del derecho MARCELO MARIN HIDALGO en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa demandada quien manifestó haber logrado un acuerdo con la parte actora, quien había demandado por la suma de (Bs.F. 2.579,93), y en la fase de mediación de este Tribunal a los efectos de ponerle fin a la controversia a través de los medios de auto composición procesal por intermedio del acuerdo de voluntades y que se resume en los siguientes términos: 1.- La parte demandada ofrece pagar la suma de DOS MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES. (Bs.F. 2.400, oo), en un único pago que recibe la demandante en este acto en cheque Nº S-9272000488 del Banco Venezuela a favor de la demandante MILENIA LUGO de manera espontánea y en presencia de su abogada, y que cubre todos y cada uno de los conceptos determinados en el libelo de demanda incluyendo el beneficio previsto en la Ley de Alimentación de los Trabajadores. .2.- Ambas partes convienen que los honorarios profesionales de los abogados apoderados judiciales de las mismas correrá por cuenta de cada una de ellas, exceptuando a la Procuradora de Trabajadores dada su condición de funcionaria pública 3.- Las partes dan por concluido el presente juicio que nada tienen que reclamarse y le solicitan a este Tribunal HOMOLOGUE el presente acuerdo y le imparta el carácter de cosa juzgada y de proceda a archivar el expediente dado el cumplimiento cabal de lo convenido. Este Tribunal de Instancia en fase de Mediación para decidir Observa: por cuanto considera que se han cumplido todos y cada uno de los requisitos, para que este Tribunal proceda a HOMOLOGAR el acuerdo celebrado por las partes con inmediación del Juez Mediador que preside la audiencia, es por lo que se le imparte aprobación y se le da el carácter de cosa juzgada. ASI SE DECIDE. Por todos los argumentos expuestos, éste TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY . DECLARA: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO celebrado por las pares en esta audiencia. Se le da Aprobación y se le imparte el carácter de Cosa Juzgada en este juicio. SEGUNDO: Se da por concluida la Audiencia Preliminar y la presente causa de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y ordenar el archivo del expediente dado el cumplimiento de lo acordado. TERCERO: Se ordena expedir copia certificada de dicho acuerdo y de la presente acta, a los fines de su entrega a cada una de las partes; se ordena expedir una (01) copia certificada de esta Resolución por Secretaria a los fines previstos en el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1384 del Código Civil y del articulo 72 ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De la misma forma se hace la devolución de las pruebas a las partes promoventes. PUBLIQUESE, REGISTRESE, ARCHÌVESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA Siendo las tres y veinte minutos de la tarde (03:20 p.m.) se levanta la presente Acta, las cuales firman conformes las partes.
EL JUEZ
CARLOS SILVESTRI LA SECRETARIA
MAIRA PARRA
Los Presentes
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