ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.008-1029
PARTE ACTORA: Ciudadanos, DAVID JOSE DELGADO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad N 12.417.625, asistido de la abogada YASMORE PEÑA, en su carácter de Procuradora de Trabajadores, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.152.
PARTE DEMANDADAS: WANCKEMHUT VENEZOLANA, C.A ( ahora GROUP 4 SEGURICOR G4S, C.A ).
APODERADO JUDICIAL: Abogado MIGUEL GOLINDANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.652.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy 21 de Octubre de 2008, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron el ciudadano DAVID JOSE DELGADO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad N 12.417.625, asistido de la abogada YASMORE PEÑA, en su carácter de Procuradora de Trabajadores, también compareció el abogado MIGUEL GOLINDANO. La parte actora alega que le cancele los montos correspondientes al concepto por prestaciones sociales en las cantidades Bs. F. 8.094,12 por otra parte, la parte demandada expone: Que ciertamente reconoce la relación de trabajo y determinando los cálculos aritméticos que se han realizado en audiencia y a los fines de dar por concluido el presente juicio le ofrece cancelar a la accionante la cantidad total y definitivo de Bs. F. 3.500,00. La accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados antes señalados. Ambas partes acuerdan que la cantidad antes mencionada se consignará ante la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el día 07 de noviembre de 2008.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, celebrado entre las partes. El Tribunal hace entrega de las pruebas a las partes.-
LA JUEZA,
Abg. Marileudis Gallardo. El Secretario
Las partes comparecientes
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