N° DE EXPEDIENTE: NP11-L- 2008-000633
PARTE ACTORA: SAMUEL GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.16.710.160, de este domicilio
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARJORIE RODRIGUEZ inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 83.714 de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANA SILVA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 36.086.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.



Hoy, 07 de octubre de 2008, comparecieron por ante este Tribunal la Abg. MARJORIE RODRIGUEZ, en su carácter de Apoderado Judicial del demandante y la Abg. ANA SILVA, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa AEROSPOTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A., identificados todos en el encabezamiento de la presente acta, en el inicio de la Audiencia Preliminar y por cuanto han logrado un acuerdo, el Tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad, en consecuencia se levanta la presente acta para dar por concluido el presente reclamo, y por vía de transacción, ofreció pagar a el ciudadano SAMUEL GUTIERREZ la suma única y definitiva de DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON 55 CENTIMOS (Bs. F 2.350,55), el cual será consignado por ante la Oficina de Control de Consignaciones de esta Coordinación del Trabajo, el día 10 de diciembre de 2008 y que comprenden el pago de las Prestaciones Sociales que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada. En este estado el Apoderado Judicial manifiesta que esta totalmente satisfecho la reclamación que se sustanció en la presente causa señalando que no tiene nada más que reclamar a la empresa demandada por concepto de beneficio o indemnizaciones derivadas de la relación laboral que mantuvo con éstas; de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal en de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente. Expídase por secretaria las copias solicitadas y acordadas y entréguesele a los peticionarios.






EL JUEZ PROVISORIO

Abg. José L. Adrián Mata


El Apoderado Judicial del demandante.

El Apoderado Judicial de la empresa.



El Secretario (a)


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

El Secretario (a).