REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 31 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : NL01-P-2003-000032
ASUNTO : NL01-P-2003-000032
Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en relación al oficio Nº CTC 585-08 emanado del Centro de Tratamiento Comunitario Francisco de Miranda, suscrito por la Lic. Marisol González, en su carácter de Directora encargada, mediante el cual requieren para el penado: RENNY RAFAEL LOPEZ titular de la cédula de identidad Nº 14.253.563, permisos ordinarios de los Meses noviembre, diciembre de 2008 y Enero de 2009, así como lapsos especiales por navidad y año en consecuencia este Tribunal antes de decidir observa lo siguiente:
Cabe señalar que de la revisión dispensada del informe evaluativo remitido a este despacho por la directora encargada del Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda”, de esta ciudad; se evidencia que concluyen En cuanto al Area Familiar: recibe apoyo de su grupo primario, quienes estan atentos a los lineamientos del Régimen Abierto , en relación al Area de salud : Actualmente se encuentra en espera de intervención quiirurgica por presentar fractura de fémur, lo que le imposibilita realizar actividad laboral. No obstante se encuentra realizando artesanías para la posterior venta, respecto al Area Disciplinaria: Mantiene buena disciplina , en lo que se refiere al Area de Personalidad : Se observa a un individuo introvertido, con aparente manejo de normas, motivos por los cuales este Tribunal considera que es procedente otorgarle los permiso solicitado por el Consejo de Evaluación del Centro de Tratamiento en referencia, en virtud de que se encuentran llenos los requisitos exigidos por el artículo 47, 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamientos Comunitarios, quedando sujeto a las siguientes condiciones:
1. Continuar aceptando en forma favorable el proceso de resocialización.
2. Continuar cumpliendo con las normas del Centro de Tratamiento Comunitario.
3. No reunirse con personas incursas en el mundo delictivo.
4. No ingerir bebidas alcohólicas, ni sustancias estupefacientes ó psicotrópicas.
5. Cumplir con las condiciones que le imponga el delegado de prueba.
6. Mantener estabilidad laboral y conductual.
7. Cumplir con las condiciones que establece el Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitarios;
DISPOSITIVA.
Por todo cuanto antecede es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR permisos para los fines de semana de 31-10-08 al 02-11-2008, 07-11-2008, al 09-11-2008, 14-11-2008, al 16-11-2008, 21-11-2008 al 23-11-2008, 28-11-2008 al 30-11-2008, 05-12-2008 al 07-12-2008, 12-12-2008 al 14-12-2008, 19-12-2008 al 21-12-2008, 09-01-2009 al 06-11-01-2009, 16-01-2009 al 18-01-2009, 23-01-2009 al 25-01-2009 y 30-01-2009 al 01-02-2009; asimismo se acuerda el permiso especial por navidad desde el día 23-12-2008 al 28-12-2008 y desde el 30-12-2008 al 04-01-2009 por año nuevo, CON SUPERVISIÓN MEDIA, al Penado: RENNY RAFAEL LOPEZ titular de la cédula de identidad Nº 14.253.563, todo de conformidad con los artículos 47, 49 y 50 del Reglamento Interno de Centros de Tratamientos Comunitarios; en consecuencia, Líbrese Oficio al ciudadano Director del Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda” de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas, a fin de que le sea comunicado al Penado RENNY RAFAEL LOPEZ,, haciendo expresa mención que no podrán ser por un lapso mayor de 48 horas, por lo que los mismos serán saliendo del Centro de Tratamiento Comunitario los días viernes a las 06:00 horas de la tarde y retornando al mismo los días domingo a las 06:00 horas de la tarde, y con la obligación de pernotar en Calle Pueblo Libre Calle Principal N° 70 Estado Monagas. Asimismo. Notifíquese al penado que debe comparecer a este Tribunal a objeto de suscribir acta de compromiso, y remítase copia de lo decidido. Notifíquese, a las partes. Remítase copias certificadas del presente auto al Director del Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda” de esta ciudad. Cúmplase.
LA JUEZ.
ABG: ROSMELYS ROJAS BARRETO
LA SECRETARIA,
ABG. EUMELYS FIGUERA