REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, treinta (30) de octubre de dos mil ocho (2008)

ACTA DE TRANSACCION
N N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001600
PARTE ACTORA: MARISOL LUGO, titular de la cédula de identidad: 14.136.814
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ARLY PEREZ, Procuradora de los Trabajadores.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES MI CHINITA (MI CHICA FARMACIA EL SOL)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE CASTRO, Inpreabogado: 67.631.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


Hoy, 30 de octubre de 2008, siendo las 3:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana MARISOL LUGO, titular de la cédula de identidad: 14.136.814, asistida por la Procuradora de los Trabajadores, abogada ARLY PEREZ; y JOSE CASTRO, Inpreabogado: 67.631, apoderado judicial de la demandada INVERSIONES MI CHINITA (MI CHICA FARMACIA EL SOL), quienes han llegado a un acuerdo por todos y cada uno de los conceptos demandados que se dan por reproducidos y que forman parte integrante de la presente acta, una vez descontados los pagos realizados; la patronal ofrece la cantidad de Bs.F. 2.484,32, lo que la trabajadora aceptó, con el objeto de ponerle fin a este proceso. El pago de lo transado se realiza en este acto mediante cheque número: 35001519, de fecha 30/10/2008, por la cantidad de Bs. F. 2.484,32, a favor de la ciudadana MARISOL LUGO, y en contra del Banco Occidental de Descuento. Ambas partes en vista de la transacción antes referida, solicitan formalmente a la JUEZ DE SUSTANCIACION , MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, homologue el presente arreglo y ordene el archivo del expediente. El Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, y por cuanto el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Es todo.
La Juez
La Secretaria



Mgs. Judith Castro de Mendoza Abog. Marilu Devis

Las Partes.