ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001215
PARTE ACTORA: VICTOR MANUEL DIAZ PADRON
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DANIEL ALVARADO
PARTE DEMANDADA: SERENOS RESPONSABLES, C.A. (SERECA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy, diez (10) de Octubre de 2008, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano VICTOR MANUEL DIAZ PADRON y su apoderado judicial abogado Daniel Alvarado y el abogado Carlos Urdaneta, apoderado de la empresa SERENOS RESPONSABLES, C.A. (SERECA) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: Primero: La parte demandante en su libelo de demanda reclamó la cantidad de Bs. 61,662,oo por concepto de antigüedad, indemnización sustitutiva del preaviso, indemnización por despido, vacaciones y bono vacacional vencidos, vacaciones y bono vacacional, utilidades vencidas y fraccionadas, días de descanso trabajados y no disfrutados, cesta tickets. Segundo: La parte demandada alegó que la relación de trabajo no terminó por despido, sino por renuncia del trabajador, por lo cual no procede el pago de las indemnizaciones previstas en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo y a los fines de dar por terminado este asunto ofrece pagar por el resto de los conceptos demandados, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,oo) para ser pagados en una sola fracción, el día tres (3) de noviembre de 2008, por ante este Circuito Judicial Laboral. Tercero: Visto el ofrecimiento de la demandada, la parte actora manifiesta su conformidad con el mismo, y declara haber actuado libre de toda coacción o apremio y con el debido asesoramiento de su apoderado. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se acuerda la devolución de las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia y se ordena no archivar el expediente hasta tanto conste en actas el cumplimiento de la obligación.-

La Juez,

La Secretaria,

Abog. María Cecilia Admade
Abog. Marinés Cedeño




Los Presentes,