ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000488
PARTE ACTORA: DANILO JOSE HERNANDEZ
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Januacelli Córdova.
PARTE DEMANDADA: NOTIRADIO MARABINA 1420 A.M. (LA RADIO DEL ZULIA)
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Yole ida Parra.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,8 de Octubre de 2008, siendo las 3:03 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos DANILO JOSE HERNANDEZ y NOTIRADIO MARABINA 1420 A.M. (LA RADIO DEL ZULIA) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de veinte mil Bolívares fuertes (Bs.F 20.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados al ciudadano trabajador el día martes 14 de Octubre de 2008 por ante el tribunal a las 11:00 a.m. En este estado la apoderada actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con facultades para tal fin.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al presente proceso.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes