ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001785
PARTE ACTORA: JOSE FORT
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Rocío Perea.
PARTE DEMANDADA: CELADORES MARA C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Jesús López
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,27 de Octubre de 2008, siendo las 2:45 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos CELADORES MARA C.A y JOSE FORT en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de siete mil Bolívares fuertes (Bs.F. 7.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados al trabajador el día 13 de Noviembre de 2008 a las 9:00 a.m. por ante el tribunal. En este estado la apoderada actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con facultades para tal fin.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de la pruebas aportadas al presente proceso.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes