ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001684
PARTE ACTORA: JAIRO ENRIQUE AÑEZ, ROBERT JUNIOR HERNANDEZ GUTIERREZ y BARTOLOMES ROMERO ACOSTA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: WENDY ECHEVERRIA.
PARTE DEMANDADA: CONSTUCTORA ZACO, S.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Rina Chacin.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,22 de Octubre de 2008, siendo las 3:03 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JAIRO ENRIQUE AÑEZ, CONSTUCTORA ZACO, S.A., ROBERT JUNIOR HERNANDEZ GUTIERREZ y BARTOLOMES ROMERO ACOSTA en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la parte demandada ofrece la cantidad de setenta y un mil cuatrocientos setenta y seis Bolívares fuertes con cinco céntimos (Bs.F. 71.476,05) los cuales le son entregados a los ciudadanos trabajadores de la siguiente manera: el pago será por ante el tribunal a las 11:00 a.m. fraccionado en porciones iguales por el monto ofrecido y adelante mencionado, para el ciudadano Bartolome Romero la cantidad de veintitrés mil seiscientos sesenta y siete Bolívares fuertes (Bs.F.23.667,96) para el ciudadano Jairo Añez la cantidad de veintitrés mil ciento cuarenta Bolívares fuertes con once céntimos (Bs.F. 23.140,11) y para el ciudadano Robert Hernández la cantidad veinticuatro mil seiscientos sesenta y siete Bolívares fuertes con noventa y ocho céntimos (Bs. F. 24.667,98) para así completar lo ofrecido. En el día de hoy, le es entregada la primera porción por los siguientes montos para el primero de los arriba mencionados la cantidad de siete mil ochocientos ochenta y nueve con treinta y dos céntimos (Bs.F. 7.889,32) a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera Banco Occidental de Descuento signado con el numero: 07001791 por el mismo monto, para el día viernes 28 de Noviembre de 2008 la misma suma, y para el día lunes 15 de Diciembre de 2008 la misma cantidad. Para el ciudadano Jairo Añez la cantidad de siete mil setecientos trece Bolívares fuertes con treinta y siete céntimos (Bs. F. 7.713,37) la cual le entregada a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera Banco Occidental de Descuento B.O.D. signado con el numero 58001794 y dos porciones mas e iguales para la misma fecha arriba mencionada y para el ciudadano Robert Hernández le es entregada en este acto la cantidad de ocho mil doscientos veintidós con sesenta y seis céntimos (Bs.F. 8.222,66) a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera Banco Occidental de Descuento B.O.D. signado con el numero: 69001787 y dos porciones más e iguales para la fecha arriba mencionada. de los cuales se deja copia simple para ser agregados al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
El Juez
La Secretaria
Abog. Frank Guanipa
Los Presentes
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