ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001371
PARTE ACTORA: LARRY LEAL
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: WENDY ECHEVERRIA
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA ZACO S.A
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Rina Chacin
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,22 de Octubre de 2008, siendo las 2:43 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos CONSTRUCTORA ZACO S.A y LARRY LEAL en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de cuatro mil seiscientos ochenta y cinco Bolívares fuertes con sesenta y seis céntimos (Bs. f. 4.685,66) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le son entregados al ciudadano trabajador en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO B.O.D. signado bajo con el numero: 76001797 por el mismo monto, y del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas por las partes en el presente proceso.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes