REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (8) de Octubre del dos mil ocho (2008)

ASUNTO: VP01-L-2007-002348
Vista la transacción presentada en fecha 14 de Noviembre del año 2007 por ante la unidad de recepción y distribución de documentos por el ciudadano EDIXON ANTONIO CHIRINOS SANCHEZ asistido por el abogado CARLOS RAMIREZ GONZALEZ y la abogada BETTY ALVAREZ actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil VIGILANCIA Y TRANPORTE DE VALORES BANCARIOS C.A Constante de (5) folios útiles y copia simple del cheque; la cual fuera recibida por el tribunal en fecha 20 de Noviembre del año 2007 y en fecha 22 de Noviembre del año 2007 se pronuncia el tribunal absteniéndose de homologar la transacción por cuanto se evidencia la representación de la demandada; visto que en fecha 22 de Enero del presente año la representación de la demandada consignare por ante la unidad de recepción y distribución de documentos escrito con el cual acreditan su representación; Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables al trabajador ni normas de orden público, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MADIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada; Se ordena el archivo definitivo del presente asunto.
El Juez


Abog. Alexis Figueroa

La Secretaria