REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (13) de Octubre del dos mil ocho (2008)
ASUNTO: VP01-L-2008-001807
Vista la transacción presentada en fecha 7 de Octubre del año 2008 por ante la unidad de recepción y distribución de documentos por la ciudadana JASMIR GONZALEZ asistido por el abogado ANGEL SEGOVIA CORONADO y la abogada CARMEN DIAZ actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil UNION STEREO C.A Constante de Cinco (5) folios útiles y copia simple del acta de asmblea y del cheque; Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables al trabajador ni normas de orden público, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MADIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada; Se proveen las copias certificadas solicitadas y se ordena el archivo definitivo del presente asunto.
El Juez
Abog. Alexis Figueroa
La Secretaria