REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA






JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
MARACAIBO, 14 DE NOVIEMBRE DE 2008
198° Y 149°


DECISION N° 853-08.- CAUSA N° 6E-495-01.-


El presente proceso seguido en contra del penado FREDDY ANTONIO MONTIEL GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.438.014, quien fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, en perjuicio de WENCESLAO CACERES VELAZQUEZ.

En fecha 27-04-06, mediante Resolución N° 351-06, este Juzgado, le otorgó al mencionado penado, la conmutación del resto de la pena en Confinamiento, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo 53 del Código Penal en concordancia con el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y de la cual se -evidencia que el penado-FREDDY ANTONIO MONTIEL GUTIERREZ cumplió la pena en confinamiento en fecha 08-07-2007, y la sujeción a la vigilancia, por una cuarta (1/4) parte del tiempo de la condena la cumpliría en fecha 08-01-2009; ordenando la comparecencia por ante este Despacho del penado en mención, haciendo caso omiso el mismo de las reiteradas veces del llamado de este Tribunal, es por lo que éste hace las siguientes consideraciones:

Consta al folio (251) de la presente causa, oficio N° S/N de fecha 07-03-2008 emanada de la Intendencia de la Parroquia Guajira, mediante el cual informa que el penado de autos se no ha cumplido con las obligaciones que le fueron impuestas por éste Despacho; motivo por el cual observa este Juzgador que el penado FREDDY ANTONIO MONTIEL GUTIERREZ, ha incumplido con las obligaciones impuestas al momento de otorgarle el beneficio de Confinamiento, por lo que considera quien aquí decide que lo procedente en derecho es REVOCAR la Conmutación del resto de la Pena en Confinamiento acordado al penado FREDDY ANTONIO MONTIEL GUTIERREZ, por infringir los deberes que le impone el artículo 20 del Código Penal, y en consecuencia, se acuerda librar ORDEN DE CAPTURA en su contra.- Y así se declara.-

DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA la Conmutación del resto de la Pena en Confinamiento, acordado en fecha 27-04-2006, FREDDY ANTONIO MONTIEL GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.438.014, por haber incumplido con las obligaciones impuestas al momento de otorgarle el beneficio de Confinamiento, en consecuencia se ORDENA librar Orden de Captura al referido PENADO y remitirla con oficio a los diferentes organismos de seguridad del país. Regístrese la presente decisión y ofíciese.-
JUEZ SÉXTO DE EJECUCIÓN

DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS.
EL SECRETARIO

ABG. RICHARD ECHETO M.
En la misma fecha se registró la decisión bajo el Nº 853-08 y se libró oficios N° 5.400 al 5.407.- EL SECRETARIO







HCV/berta.-
CAUSA N° 6E-495-01.-