REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL. EXTENSIÓN CABIMAS

Por cuanto de la revisión efectuada al contenido del presente asunto, se verifica que ya la audiencia oral de presentación, a que se contrae el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal fue efectuada en el presente proceso judicial, en fecha 11-06-2008, en virtud de la orden de captura librada por este Juzgado, según oficio 080, de fecha 11-02-2000, por el delito de Homicidio Intencional, acordando dictar decisión signada bajo el N° 4C-1146-08, mediante la cual se le impuso la medida cautelar prevista en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo sometido el imputado FELIX SEGUNDO PEROZO, venezolano, mayor de edad, natural de Cabimas, estado Zulia, en fecha 25-01-1963, de 45 años de edad, hijo de Betilde Altagracia Perozo y de Arturo Celestino Oviedo, Titular de la Cédula de Identidad No. 7.837.002, profesión Técnico en Zootecnia, y es pintor de carros, domiciliado en Las Cinco Bocas, Calle Rafael Urdaneta, No. 240, horizontal a la Bodega la Campiña, teléfono 0264-371-61-30 o en la Avenida Nueva Granada, al lado del INCE, estacionamiento DON CAR, Taller de Chasis, Servi-chasis, Caracas, a un régimen de presentaciones cada quince (15) días, no librando el Tribunal las comunicaciones respectivas a los cuerpos policiales, a los fines de dejar sin efecto la orden de captura.

Motivo por el cual, se considera improcedente realizar nuevamente la referida audiencia oral, de manera que en aras de garantizar los derechos y garantías fundamentales previstos en nuestro ordenamiento jurídico y la consecución del debido proceso, este Juzgado acuerda restituir la Libertad al imputado FELIX SEGUNDO PEROZO, venezolano, mayor de edad, natural de Cabimas, estado Zulia, en fecha 25-01-1963, de 45 años de edad, hijo de Betilde Altagracia Perozo y de Arturo Celestino Oviedo, Titular de la Cédula de Identidad No. 7.837.002, profesión Técnico en Zootecnia, y es pintor de carros, domiciliado en Las Cinco Bocas, Calle Rafael Urdaneta, No. 240, horizontal a la Bodega la Campiña, teléfono 0264-371-61-30 o en la Avenida Nueva Granada, al lado del INCE, estacionamiento DON CAR, Taller de Chasis, Servi-chasis, Caracas, quien se encuentra procesado por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional, cometido en perjuicio de LEONARDO JOSE SERRANO FERNANDEZ, bajo la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de la libertad impuesta según decisión N° 4C-1146-08, de fecha 12-06-2008.- Y así se declara.