REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL
Maracaibo, 26 de Noviembre de 2008
198º y 149º
DECISIÓN N° 5859-08 CAUSA N° 10C-6267-08
Visto el escrito interpuesto por el ABOG. FERNANDO SILVA, en su carácter de Defensor Público Vigésimo Primero (21º), donde solicita la extensión del lapso de presentaciones impuestas al Imputado LUIS MANUEL ARTIGAS MÁRQUEZ, cada Sesenta (60) días; este Tribunal antes de resolver hace las siguientes consideraciones:
PRIMERO: El Imputado LUIS MANUEL ARTIGAS MÁRQUEZ, fue presentado e individualizado ante éste Tribunal en fecha 15/05/08, por la Fiscalía Quinta (5°) del Ministerio Público, por la presunta comisión del Delito de LESIONES, cometido en perjuicio de LUIS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, decretando éste Tribunal en esa oportunidad, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, bajo presentación ante éste Tribunal cada Cuarenta y Cinco (45) días, prevista en el Artículo 256, Ordinal 3°, así como la prevista en el Ordinal 4º del mencionado artículo, mediante Decisión N° 2152-08.
SEGUNDO: Revisado como fue el Reporte de Presentaciones de Imputados llevado por el Palacio de Justicia, ésta Juzgadora pudo constatar que el Ciudadano LUIS MANUEL ARTIGAS MÁRQUEZ, ha cumplido cabal y fielmente con el régimen de presentación impuesto por éste Tribunal.
TERCERO: En cuanto a la solicitud interpuesta por la Defensa, relativa a la extensión del lapso de presentaciones impuestas al Imputado LUIS MANUEL ARTIGAS MÁRQUEZ, considera procedente quien aquí decide, mantener impuesta la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al mencionado Imputado, y ordena modificar el lapso de presentaciones impuestas, de cada Cuarenta y Cinco (45) días, extendiendo el régimen de presentación impuesto al mismo, cada Sesenta (60) días por ante éste Tribunal. Y ASÍ SE DECLARA.
Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: declarar CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensa, relativa a la modificación del lapso de presentaciones impuestas a su Defendido, de cada Cuarenta y Cinco (45) días, extendiendo el lapso de presentaciones impuestas al Ciudadano LUIS MANUEL ARTIGAS MÁRQUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.280.321, cada Sesenta (60) días, por cuanto el mismo ha cumplido fiel y cabalmente con las obligaciones que le fueron impuestas. SEGUNDO: Notificar de lo resuelto a las partes. Ofíciese al Departamento de Alguacilazgo. Cúmplase.-
LA JUEZ DÉCIMA DE CONTROL
DRA. ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
EL SECRETARIO
ABOG. JOSÉ LUIS LOSSADA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo antes ordenado.-
EL SECRETARIO
ABOG. JOSÉ LUIS LOSSADA
|