REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 07 de Noviembre de 2008
196° y 148°
DECISIÓN N° 6148-08 CAUSA N° 1C-14262-08
Visto y estudiado el escrito presentado por el Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el cual solicita SOBRESEIMIENTO de la causa con fundamento en lo dispuesto en el Articulo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO EN FIGURA DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 460 ultimo aparte del Código Penal, en perjuicio de NIDIA GUTIERREZ DE MARTINEZ, por cuanto de la revisión efectuada al escrito presentado por esa representación Fiscal, a criterio de esta Juzgadora no se hace necesario realizar Audiencia Oral, tal como lo establece el artículo 323 ejusdem, por cuanto de la revisión realizada la solicitud se encuentra bien fundamentada y porque se remitirán las boletas de notificación respectivas, este Tribunal observa:
Se inicia la presente investigación, en virtud de la Denuncia formulada por NIDIA GUTIERREZ DE MARTINEZ, en fecha 22 de Enero de 2001 cuando dicha ciudadana se encontraba en compañía de dos señoras en la urbanización Coromoto, caminando por la acera, paso un joven dios las buenas noches y cuando estaban de espaldas, el joven le arrebato la cadena que llevaba en su cuello, huyendo del sitio llevándose su cadena, así del estudio pormenorizado de las actas policiales y experticias realizadas por el Cuerpo de Investigaciones de la Policía del Municipio San Francisco del Estado Zulia, se evidencia que las mismas no arrojan suficientes evidencias y elementos de convicción para atribuir la autoría o participación en el mismo a persona alguna, por el delito de ROBO EN FIGURA DE ARREBATON, previsto y sancionado en el articulo 460 ultimo aparte del derogado Código Penal en perjuicio de NIDIA GUTIERREZ DE MARTINEZ, en razón de lo cual solicita el SOBRESEIMIENTO de la investigación pues razonablemente ante el tiempo trascurrido no existe posibilidad de incorporar nuevos datos, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 318º NUMERAL 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud y ORDENA el SOBRESEIMIENTO de la investigación Nº 24-F13-135-01, seguida en contra de personas desconocidas por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de NIDIA GUTIERREZ DE MARTINEZ, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 318º NUMERAL 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y notifíquese de la presente decisión y remítase las actuaciones en su debida oportunidad.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
SILVIA CARROZ DE PULGAR
LA SECRETARIA
| ABOG. YOMAIRA CARRASCAL
En la misma fecha se registró la Decisión bajo el N° 6148-08 y se Ofició bajo el N° __________ al Departamento del Alguacilazgo.
LA SECRETARIA
ABOG. YOMAIRA CARRASCAL
Causa N° 1C-14262-08