REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

República Bolivariana de Venezuela





Poder Judicial
Circuito Judicial Penal del Estado Zulia
Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control
Maracaibo, 06 de Noviembre de 2008
197° y 148°

Decisión N° 1683 -08 Causa Nº 1S-585-08

Visto la solicitud del VEHÍCULO, cuyas características son: CLASE: AUTOMÓVIL, MARCA: FORD, TIPO: SEDAN, COLOR: MARRON, MODELO: ZEPHIR, AÑO: 1980, PLACAS: 833-77C, USO: TRANSPORTE PUBLICO, SERIAL DEL MOTOR: 6 CILINDROS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJ32WC29788; por parte del ciudadano RAFAEL JOSE ALVAREZ LEON, titular de la cédula de identidad N° 5.853.181, asistido por el Abogado en Ejercicio ILDEMARO GALEA BERMUDEZ, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.440; este Tribunal con fundamento en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Resuelve de la manera siguiente:

Observa este Tribunal, que en fecha 13-10-08, este Despacho recibe solicitud por parte del ciudadano del ciudadano RAFAEL JOSE ALVAREZ LEON, titular de la cédula de identidad N° 5.853.181, asistido por el Abogado en Ejercicio ILDEMARO GALEA BERMUDEZ, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.440; la entrega del CLASE: AUTOMÓVIL, MARCA: FORD, TIPO: SEDAN, COLOR: MARRON, MODELO: ZEPHIR, AÑO: 1980, PLACAS: 833-77C, USO: TRANSPORTE PUBLICO, SERIAL DEL MOTOR: 6 CILINDROS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJ32WC29788; por lo que este Tribunal solicita a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la investigación Nº ZUL-F17-7393-08, relacionada al vehículo, cuyas características son: CLASE: AUTOMÓVIL, MARCA: FORD, TIPO: SEDAN, COLOR: MARRON, MODELO: ZEPHIR, AÑO: 1980, PLACAS: 833-77C, USO: TRANSPORTE PUBLICO, SERIAL DEL MOTOR: 6 CILINDROS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJ32WC29788.
Acta Policial, de fecha 15-09-08, suscrita por funcionarios Adscrito a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, Comando Regional No 3, destacamento de Seguridad Urbana, donde se deja constancia que siendo aproximadamente a las 11:00 de la mañana, ubicados en el Punto de Control Móvil, en la Vía Principal 18 de Octubre, acercándose un Vehículo al Punto de Control, un Vehículo, Marca: Ford, Color: Marron, Placas: 882-77C, indicándole al ciudadano quien quedo identificado como RAFAEL JOSE ALVAREZ, la Documentación del vehículo, presentando Un certificado de Circulación, a nombre de ALVAREZ LEON RAFAEL JOSE, CI, 5.853.181, procediendo a realizarle Revisión a los Seriales identificadores, constatándose que el Vehículo le fue desincorporado la Pieza de Carrocería compacto donde van ubicados los Seriales identificadores del Vehículo VIN, BODY, compacto de Fabricación Nacional e Incorporación por otra Pieza Compacto Importado y el Único Serial que identifica al Vehículo que es la Placa Identificadota del Serial de carrocería Dash panel de la misma se encuentra ubicada en el paral de la Puerta del lado Izquierdo del Conductor signada con los Dígitos Alfanuméricos AJ32WC29788, la misma se encuentra Suplantada, informándole al ciudadano conductor que el Vehículo le seria Retenido y posteriormente Notificándole a la Superioridad de los pormenores de lo ocurrido.
• Copia de Certificado de registro No 1362119, a nombre de ALVAREZ LEON RAFAEL JOSE, C.I. 5.853.181 del Vehículo CLASE: AUTOMÓVIL, MARCA: FORD, TIPO: SEDAN, COLOR: MARRON, MODELO: ZEPHIR, AÑO: 1980, PLACAS: 833-77C, USO: TRANSPORTE PUBLICO, SERIAL DEL MOTOR: 6 CILINDROS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJ32WC29788
• Acta de Experticia de Vehículo, de fecha 16-09-08, suscrita por Funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, Comando Regional N° 3, Destacamento de Seguridad Urbana, practicada al Vehículo con las siguientes características CLASE: AUTOMÓVIL, MARCA: FORD, TIPO: SEDAN, COLOR: MARRON, MODELO: ZEPHIR, AÑO: 1980, PLACAS: 833-77C, USO: TRANSPORTE PUBLICO, SERIAL DEL MOTOR: 6 CILINDROS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJ32WC29788, donde se deja constancia que presenta:1.- La Placa identificadota del Serial de carrocería VIN 1MEBP71B3CA609786, se observo ORIGINAL, en cuanto a su Sistema de Impresión Troquel Alto Relieve, Ubicación y Sistema de Fijación ( Dos Remaches de Aluminio) por lo que se Determina ORIGINAL (Serial Importado). 2.- La Placa del serial identificador de la carrocería DASH PANEL, signada con los Dígitos Alfanumérico, AJ32WC29788, es ORIGINAL en cuanto a Material Lamina, sistema de Impresión Troquel bajo Relieve pero sus Sistema de fijación Remaches no son los Utilizados por la Planta Ford Motor de Venezuela para ese Año y Modelo del Vehículo por lo que se determina SUPLANTADO. En Conclusión: 1.- la Placa del serial de Carrocería VIN se determina ORIGINAL. IMPORTADO. 2.- El Serial de carrocería DASH PANEL se determina SUPLANTADO. 3.- El Motor es de 6 Cilindros se determina ORIGINAL
Ahora bien, revisadas como han sido las presentes actuaciones, observa que presenta1.- la Placa del serial de Carrocería VIN se determina ORIGINAL. IMPORTADO. 2.- El Serial de carrocería DASH PANEL se determina SUPLANTADO. 3.- El Motor es de 6 Cilindros se determina ORIGINAL; y tomando en cuenta que para el Ministerio Público no es imprescindible para su investigación, según Oficio N° 24-F17-5004-08 de fecha 29-10-08, ni que está solicitado, además, que no existe otra persona que lo reclame, por lo que es procedente en derecho ORDENAR LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO del vehículo, cuyas características son: CLASE: AUTOMÓVIL, MARCA: FORD, TIPO: SEDAN, COLOR: MARRON, MODELO: ZEPHIR, AÑO: 1980, PLACAS: 833-77C, USO: TRANSPORTE PUBLICO, SERIAL DEL MOTOR: 6 CILINDROS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJ32WC29788; por parte del ciudadano RAFAEL JOSE ALVAREZ LEON, titular de la cédula de identidad N° 5.853.181, con las obligaciones siguientes: LA PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, VENDER, CEDER, TRASPASAR O NEGOCIAR DE CUALQUIER MANERA EL VEHICULO, Deberá realizar todas las diligencias pertinentes por ante los organismos competentes a los fines de realizar la respectiva corrección a los seriales que presuntamente se encuentra suplantado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Decisión. Y ASÍ SE DECLARA.
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENAR LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO del vehículo, cuyas características son: CLASE: AUTOMÓVIL, MARCA: FORD, TIPO: SEDAN, COLOR: MARRON, MODELO: ZEPHIR, AÑO: 1980, PLACAS: 833-77C, USO: TRANSPORTE PUBLICO, SERIAL DEL MOTOR: 6 CILINDROS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJ32WC29788, al ciudadano RAFAEL JOSE ALVAREZ LEON, titular de la cédula de identidad N° 5.853.181, con las obligaciones siguientes: LA PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, VENDER, CEDER, TRASPASAR O NEGOCIAR DE CUALQUIER MANERA EL VEHICULO, Deberá realizar todas las diligencias pertinentes por ante los organismos competentes a los fines de realizar la respectiva corrección al serial que presuntamente se encuentra suplantado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente decisión, Publíquese y notifíquese.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

DRA. SILVIA CARROZ.
LA SECRETARIA,

ABOG. YOMAIRA CARRASCAL.
En la misma fecha, la anterior decisión quedó registraba bajo el N° 1683-08 en el Libro de Registro de decisiones llevado por este Tribunal en el presente año. Se libra oficio N° 3583-08 al Departamento de Alguacilazgo librando las boletas de notificación.-
LA SECRETARIA,

ABOG. YOMAIRA CARRASCAL.
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Causa N° 1S-585-08
SCdeP/st.-