REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 14 de Noviembre de 2008
198° y 149°
ACTA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO
DECISIÓN N° 1713-08 CAUSA N° 1C- 14450-08
En el día de hoy Viernes Catorce (14) de Noviembre del Dos Mil Ocho (2008), siendo las Tres y treinta (03:30) horas de la tarde, comparece por ante la sede de este Juzgado el ciudadano FISCAL CUADRAGESIMO DEL MINISTERIO PUBLICO, DR. DOUGLAS JESUS VALLADARES. Se constituye el Tribunal estando presentes en la Audiencia la Juez Primero de control SILVIA CARROZ DE PULGAR, en compañía de la Secretaria Suplente ABOG. YOMAIRA CARRASCAL VILLALOBOS y los Imputados DANIEL JESUS LOZANO Y ROBIN ALEJANDRO PIRELA MATOS, previo traslado del Centro De Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite”. Seguidamente en este estado se le concede la palabra al Ministerio Publico, quien expuso: “Presento ante este Tribunal a los ciudadanos DANIEL JESUS LOZANO Y ROBIN ALEJANDRO PIRELA MATOS, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 6 Ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometidos en perjuicio de la ciudadana MARIA LUCIANO LOMBARDY YSEA Y EL ORDEN PUBLICO tal y como se evidencias de las Actuaciones Policiales emanada de la Policía Regional, Departamento Policial de Asuntos Comunitarios Olegario Villalobos, donde dejan constancia que siendo aproximadamente siendo las 06:45 horas de la mañana, encontrándose en servicio de Patrullaje, por la calle 60 entre Av. 4 y 8, frente a la Unidad Educativa primero de Agosto, vieron Dos sujetos, uno Blanco contextura Delgada y otro tez morena, uno de ellos portando Armas, con el que apuntaban a un tercer ciudadano, cuando al notar la presencia Policial, optaron por huir, dándole voz de alto, deteniéndolos a pocos metros, solicitándole sus Documentación y el porte del arma, contestando que no la poseían, quedando identificados como DANIEL JESUS LOZANO, titular de la cedula de identidad No 19.695.406, y ROBIN ALEJANDRO PIRELA MATOS, titular de la cedula de identidad No 20.661.494, realizándole la respectiva Inspección corporal, encontrándole, al primero un teléfono celular apagado y al otro un carnet de la empresa ATECSA, a nombre del ciudadano GARRIDO MANUEL, una cinta colgante que se lee PDVSA, dos aros con varias llaves, trasladándose hasta la unidad educativa antes señalada, entrevistándose con el ciudadano MARIO LOMBARDY, quien dijo ser el director de la Escuela, también que momentos antes llegaron los sujetos detenidos bajo amenazas de Muerte a pedirles que les diera las llaves de su vehículo: placas: XZR-671, Tipo. Ranchera, año. 1991, Color: Crema, en presencia de niños y adolescentes de la Escuela, informándole a los ciudadanos el motivo de su detención, Notificándole sus derechos, igualmente el arma incautada quedo identificada como Calibre: 380, serial: KSJ27729, solicitando información por ante SIIPOL, resultando solicitada el Arma según Expediente No H-685755, de fecha 31-12-07, por el delito de Robo Agravado, por la el CICPC, Sub-Delegación SAN FRANCISCO, siendo testigos de lo ocurrido, los ciudadanos, TEOTISTE SANCHEZ Y DAYHANA GIOCONDA SANCHEZ., por lo que solicito muy respetuosamente a este Tribunal de conformidad con lo establecido en los extremos de los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano que se esta presentando el día de hoy, asimismo se ventile la causa a través del procedimiento ordinario, igualmente solicito copia simple de la presente acta de presentación, es todo”. Seguidamente el Tribunal procede a identificar al imputado de autos de conformidad con lo previsto en los artículos 126 y 127 del Código Orgánico Procesal Penal, quien dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: DANIEL DE JESUS LOZANO SIMANCA, de nacionalidad Venezolano, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, Titular de la Cedula de Identidad 19.695.406, Estado Civil soltero, Fecha de Nacimiento 27-05-87, de 21 años de edad, profesión u oficio Obrero, hijo de OMAIRA SIMANCA (V) y Manuel Lozano (v), domiciliado en el alto de Jalisco, Calle san Ramon, frente al Mercal, entrando por la Cooperativa, Bella Vista, teléfono 0261-7426258, 0414-6372509 (Milagro Lozano Prima ), Maracaibo, Estado Zulia. Seguidamente el tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación; Cabello castaño, de Ojos negros, de Estatura 1,80 de estatura aproximadamente, de Contextura delgada, de boca mediana, labios medianos, de cejas semipobladas, de nariz ancha, de piel moreno claro, no presenta tatuaje y no presenta cicatriz e. ROBIEL ALEJANDRO PIRELA MATOS, de nacionalidad Venezolano, Natural de Valencia, Titular de la Cedula de Identidad 20.661.494, Estado Civil soltero, Fecha de Nacimiento 16-05-90, de 18 años de edad, profesión u oficio Vendedor, hijo de MILAGRO MATOS (V) y Levi Pirela (v), domiciliado en el valle Frio, Av. 3E, con calle 80, diagonal a Litografía Mansal, Maracaibo, Estado Zulia, teléfono 0414-9685959 (Papa) y 0414-4181284, (Mama). Seguidamente el tribunal deja constancia de las características fisonómicas que presenta el imputado al momento de su presentación; Cabello castaño oscuro, de Ojos negros, de Estatura 1,78 de estatura aproximadamente, de Contextura rellena, de boca mediana, labios medianos, de cejas semipobladas, de nariz mediana, de piel moreno claro, no presenta tatuaje y presenta cicatriz en el Brazo derecho. Seguidamente examinadas las actas y demás recaudos presentados por el Representante del Ministerio Público, el Tribunal procede a interrogar a los imputados de auto si posee Abogado Defensor que los asista, manifestando los imputados DANIEL JESUS LOZANO Y ROBIN ALEJANDRO PIRELA MATOS que SI, y nombra al ABOG. LUIS RINCON RIVERA, titular de la cedula de identidad No 10.447.405, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.512, quien se encuentra presente manifestando lo siguiente: “Acepto el nombramiento de los imputados DANIEL JESUS LOZANO Y ROBIN ALEJANDRO PIRELA MATOS, procede el tribunal a tomarle el juramento de ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Código Orgánico Procesal Penal, Jura usted cumplir con los deberes inherentes al cargo de Defensor de los imputados DANIEL JESUS LOZANO Y ROBIN ALEJANDRO PIRELA MATOS, por lo que manifestó: Juro cumplir con mi deber como Defensor de los Imputado de autos, asimismo manifiesto como domicilio sector la Tarabas, calle 60B, No 15ª-17, Talleres Internacionales, telefono, 0414-6105643. Es todo”.-”. Seguidamente el imputado de autos fue impuesto de sus derechos previstos en los artículos 125 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal y de las Garantías Constitucionales previstas en el artículo 49 Ordinal 5º de Nuestra Carta Magna, el cual establece sus derechos a no rendir declaración sin que ello Constituya perjuicio en su contra, que su declaración es un medio para su defensa y tiene derecho a explicar todo cuanto sirva para desvirtuar el hecho que se le imputa, así como solicitar la practica de diligencias que consideren pertinente, explicándole el delito que se le imputa. SEGUIDAMENTE SE LE CONCEDE LA PALABRA AL IMPUTADO DE AUTOS: quien expuso: “No voy a declarar me acojo al Precepto Constitucional, Es todo”. SEGUIDAMENTE SE LE CONCEDE LA PALABRA A LA DEFENSA, quien expuso: “ Del acta Policial se desprende, que existen incongruencia, en cuanto a los hechos narrados por los funcionarios actuantes, ya que manifiestan los mismos, que uno de los sujetos portando un arma de fuego con la cual apuntaba a un tercer ciudadano, los sujetos al notar la presencia Policial, optaron por emprender veloz huida, por la cual hicimos un seguimiento de ambos dándole la voz de alto, la cual obedecieron, seguidamente en la misma acta policial, los funcionarios actuantes, manifiestan, que una vez detenidos se entrevistaron con un ciudadano identificado MARIO LOMBARDY, en el
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
SILVIA CARROZ DE PULGAR
EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
DR. DOUGLAS VALLADARES
LOS IMPUTADOS,
DANIEL JESUS LOZANO Y ROBIN ALEJANDRO PIRELA MATOS
EL DEFENSOR PRIVADO
ABOG. LUIS RINCON RIVERA
LA SECRETARIA (S)
ABOG. YOMAIRA CARRASCAL VILLALOBOS
Causa N° 1C-14450-08
SCdeP/st