REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO. JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. En el día de hoy, Lunes diez (10) de noviembre del año dos mil ocho (2.008), en horas de despacho, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), día y hora previamente fijada por este Tribunal comisionado, a objeto de darle cumplimiento a las MEDIDAS INNOMINADAS decretadas en fecha 20 de Octubre del año en curso, por el JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio de NULIDAD POR SIMULACIÓN Y FRAUDE DE VENTA, que sigue la ciudadana ANA DELINA SERRANO DE ACERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.1.587.487, en contra de los ciudadanos: MELVIN RODRÍGUEZ, THAIS NAVA e IDELGAR ARISPE BORGES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.952.572, 5.055.220 y 7.606.991, respectivamente, todos de este domicilio. Acto seguido este Tribunal Ejecutor de Medidas se trasladó por solicitud e indicación de los abogados CARLOS JOSÉ ORDOÑEZ MOLERO y ELENA MOLERO DE PADRÓN, inscritos en el Inprebogado bajo los N° 89.831 y 12.430 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte actora, en la sede del Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ubicado en la calle 72, entre avenidas N° 4 (Bella Vista) y N° 8 (Santa Rita), Centro Comercial Clodomiro, segundo Piso, Oficina N° 304. Una vez constituido éste Tribunal Ejecutor de Medidas en la dirección antes señalada, procedió a notificar de su misión a la ciudadana MARINA MARGARITA VÁSQUEZ DE AVILA, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cédula de identidad N° v-4.751.624, quien manifestó tener el carácter de REGISTRADORA MERCANTIL TERCERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y dándole cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal de la causa, le hace entrega del oficio No.291-2008, de fecha 20 de octubre de 2008, emanado del Juzgado Undécimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, conjuntamente con copias certificadas libradas por el Juzgado comitente, constante de dieciséis (16) folios útiles, haciéndole saber que deberá estampar la respectiva ANOTACIÓN PREVENTIVA DE LA LITIS de conformidad con lo ordenado en el decreto de la medida innominada decretada. El presente acto concluyó siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.). Se hace constar que se dio cumpliendo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en referencia a la gratuidad de la Justicia prevista en los artículos 254 y 26, segundo aparte de la norma citada, dando fe de estos los intervinientes y firmantes de la presente acta. Terminó se leyó y conforme firman.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABOG. OLGA VIOLETA ARAQUE CAMPOS.
LA NOTIFICADA,


LOS APODERADOS JUDICIALES DE
LA PARTE ACTORA,


LA SECRETARIA,

Com.4133-08
Exp. 1.834-2008
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Seguidamente en el día de hoy diez (10) de noviembre del año dos mil ocho (2.008), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), a objeto de seguir dándole cumplimiento a las MEDIDAS INNOMINADAS decretadas en fecha 20 de Octubre del año en curso, por el JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio de NULIDAD POR SIMULACIÓN Y FRAUDE DE VENTA, que sigue la ciudadana ANA DELINA SERRANO DE ACERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.1.587.487, en contra de los ciudadanos: MELVIN RODRÍGUEZ, THAIS NAVA e IDELGAR ARISPE BORGES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.952.572, 5.055.220 y 7.606.991, respectivamente, todos de este domicilio. Acto seguido este Tribunal Ejecutor de Medidas se trasladó por solicitud e indicación de los abogados CARLOS JOSÉ ORDOÑEZ MOLERO y ELENA MOLERO DE PADRÓN, inscritos en el Inprebogado bajo los N° 89.831 y 12.430 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte actora, en la sede de la sociedad mercantil INSTITUTO DE ESTUDIOS ESPECIALIZADOS, C.A. (I.N.E.C.A.), inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 13 de febrero de 2006, bajo el N° 28, Tomo 11-A, ubicada en la calle 65, signada con el N° 21-46, sector El Paraíso, prolongación 5 de julio. Una vez constituido éste Tribunal Ejecutor de Medidas en la dirección antes señalada, procedió a notificar de su misión a la ciudadana MIROSLAVA BEATRIZ CASTRO PIRELA, venezolana, mayor de edad, quien se identificó con su cédula de identidad laminada N° 7.770.506, quien manifestó tener el carácter de Gerente de Administración de la sociedad mercantil ejecutada, antes identificada y expuso: “Los ciudadanos MELVIN RODRÍGUEZ PIRELA (Presidente), THAÍS NAVA DE RODRÍGUEZ (Vicepresidenta) y KATHIANA RODRÍGUEZ NAVA (Director General) no se encuentran en el país en estos momentos, por lo que me encuentro al frente de la sociedad mercantil en mi condición de Gerente de Administración”. En este estado, los apoderados judiciales de la parte actora exponen: “Solicitamos al Tribunal que practique la notificación de la medida cautelar innominada en la persona de la ciudadana MIROSLAVA BEATRIZ CASTRO PIRELA”. Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dándole cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal de la causa, NOTIFICÓ a la sociedad mercantil INSTITUTO DE ESTUDIOS ESPECIALIZADOS, C.A. (I.N.E.C.A.) del decreto de la medida innominada dictada por el Juzgado Undécimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha veinte (20) de octubre del año en curso, haciéndole saber que deberá abstenerse por cualquier negocio jurídico futuro sobre gravamen, enajenación o ventas de las Doscientas Cincuenta y Un Acciones de la empresa. Asimismo se le ordena estampar el decreto de la medida innominada ejecutada, mediante nota, en el Libro de Accionistas, haciéndole entrega en este mismo acto de la copia certificada del mismo, constante de veintitrés (23) folios útiles. No siendo otro el objeto del Tribunal, se acuerda su regreso a la sede natural. Concluyó el acto siendo las once y quince minuto de la mañana (11:15 a.m.). Se hace constar que se dio cumpliendo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en referencia a la gratuidad de la Justicia prevista en los artículos 254 y 26, segundo aparte de la norma citada, dando fe de estos los intervinientes y firmantes de la presente acta. En la ejecución de la presente edida el Tribunal estuvo custodiado por los funcionarios Oficial Técnico Segundo JOSÉ MAVAREZ, credencial N° 4976 y la Oficial Técnico Segundo EDITH ROJAS, Credencial N° 4508. Terminó se leyó y conforme firman.
LA JUEZA…
…TEMPORAL,

ABOG. OLGA VIOLETA ARAQUE CAMPOS.

LA NOTIFICADA,




LOS APODERADOS JUDICIALES
DE LA PARTE ACTORA,






LA SECRETARIA,


Com.4133-08
Exp. 1.834-2008